Pensiones

Pensión de viudedad: ¿con qué otras prestaciones es compatible?

Marta Jurado

Foto: Europa Press

Martes 9 de agosto de 2022

ACTUALIZADO : Martes 9 de agosto de 2022 a las 10:33 H

4 minutos

Se trata de las pocas excepciones de la Seguridad Social que permite cobrar dos pensiones a la vez

Pensión de viudedad: ¿con qué otras prestaciones es compatible?
Marta Jurado

Foto: Europa Press

Martes 9 de agosto de 2022

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La mayoría de las pensiones de la Seguridad Social son incompatibles entre sí. Es decir, si se cobra una prestación, se pierde el derecho a recibir otra distinta al mismo tiempo. Pero toda norma tiene su excepción, y éste es el caso de las pensiones de viudedad. Esta prestación económica, que reciben más de 2 millones de personas con un vínculo matrimonial o pareja de hecho con una persona fallecida, es compatible con otras rentas y prestaciones.

Tal como aclara la Seguridad Social "la pensión de viudedad es compatible con cualquier renta de trabajo del beneficiario y con la pensión de jubilación o incapacidad permanente". Esto quiere decir que, además de ser compatible con el desarrollo de una actividad profesional, también lo es con el cobro del desempleo, de las prestaciones de nacimiento y cuidado de menor o por incapacidad temporal derivada de enfermedad o accidente no laboral y, por supuesto, con las pensiones de jubilación.

Requisitos para cobrar dos pensiones al mismo tiempo

Aún así, para el cobro simultáneo de dos prestaciones como podría ser la de viudedad y la de jubilación se deben cumplir una serie de requisitos: 

  • El primero es que, entre ambas prestaciones, no se superen los 2.819,19 euros mensuales en los que este año está establecida la pensión máxima.
  • La segunda es que cuando se perciba una pensión del SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez) la suma con la de viudedad no puede exceder el doble del importe de la pensión mínima de viudedad para mayores de 65 años. Este año ese importe es de 721,70 euros, por lo que no se podrán superar los 1.443,4 euros al mes. De superarse dicho límite, se minorará  la cuantía del SOVI en el importe necesario para no exceder del límite indicado.
Ejemplo verídico de la miseria de las pensiones de viudedad

Incompatibilidades con la pensión de viudedad

Según la Seguridad Social, también existen un par de casuísticas en las que la pensión de viudedad no se puede cobrar. Así, aclara que la pensión de viudedad será incompatible con el reconocimiento de otra pensión de viudedad en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, cuando el causante no se encontrase en alta o en situación asimilada al alta en la fecha del fallecimiento. Esto se produciría salvo que las cotizaciones acreditadas en cada uno de los regímenes se superpongan, al menos, durante 15 años.

Al mismo tiempo, también señala que será incompatible cobrar dos pensiones de viudedad a la vez de diferentes cónyuges. "En los casos en que se haya mantenido el percibo de la pensión de viudedad, aunque se haya contraído nuevo matrimonio o constituido una pareja de hecho, por cumplir los requisitos exigidos, la nueva pensión de viudedad que pudiese generarse como consecuencia del fallecimiento del nuevo cónyuge o pareja de hecho, será incompatible con la pensión o pensiones de viudedad que venía percibiendo, debiendo optar por una de ellas".

¿Cuánto cobra de media una viuda en España?

En julio de 2022, la Seguridad Social ha pagado más de 2,35 millones de pensiones de viudedad, cuyas perceptoras son mujeres en su inmensa mayoria, aunque los hombres también cobran esta prestación contributiva, que se otorga a la unidad familiar en el caso de fallecimiento del principal o único miembro generador de rentas.

Esta clase de pensiones tienen una cuantía media de 779,1 euros mensuales, tal como detallan las estadísticas del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, lo que significa que en promedio se sitúan muy por debajo de la pensión media de jubilación (1.254,95 euros mensuales) y ni siquiera rozan la paga media del sistema (1.090,4 euros), además de quedarse 200 euros por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), establecido en 1.000 euros al mes.

Sobre el autor:

Marta Jurado

Marta Jurado

Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.

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