Pensiones

¿Eres pensionista? Solicita esta reducción fiscal de Hacienda antes del 30 de junio

Clara González

Foto: Bigstock

Sábado 22 de junio de 2024

6 minutos

Se aplica a quienes cotizaron por una mutualidad antes de la creación de la Seguridad Social

¿Eres pensionista? Solicita esta reducción fiscal de Hacienda antes del 30 de junio (Bigstock)
Clara González

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Sábado 22 de junio de 2024

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Antes de la creación de la Seguridad Social en 1967, algunos y algunas trabajadoras cotizaban a una 'mutualidad'. A diferencia de otros cotizantes, estos mutualistas "no pudieron descontar de sus rentas del trabajo las aportaciones que iban haciendo a la mutualidad", en palabras de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), y "después tributaron en el IRPF por el 100% de su pensión, que en parte deriva de aquellas aportaciones, lo que supuso una doble imposición", añade.

Ahora, el Tribunal Supremo ha impulsado a Hacienda a devolver parte de los pagos realizados por los mutualistas. La OCU expone dos maneras de llevar esto a cabo:

  • Gracias a una reducción fiscal de la pensión que cobren de ahora en adelante.
  • Gracias a una reducción fiscal por la pensión cobrada en los ejercicios no prescritos: 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023

Dado que el ejercicio de 2019 está a punto de prescribir, la Organización insta a enviar el formulario de solicitud de devolución antes de que termine el mes de junio.

Dinero reducido en función de la mutualidad

Para conocer la cantidad de dinero a reducir es necesario tener en cuenta el tipo de mutualidad por la que se ha cotizado

  • En el caso de las 'mutualidades laborales', explica la OCU, la parte de la pensión que corresponda a las aportaciones hechas se librará de tributar en estos porcentajes:
  1. Lo correspondiente a aportaciones anteriores a 1967 se librará al 100% (es decir, no tributará).
  2. Lo correspondiente a aportaciones de los años 1967 a 1978, ambos incluidos, tributará reducido en un 25% (se tributará solo por el 75%).
  • En el caso de las 'mutualidades sustitutorias de las entidades gestoras de la Seguridad Social', a las que se aportara antes de 1979, también se reducirá un 25%.

Si no recuerdas a qué tipo de organismo cotizaste, puedes rellenar el formulario de solicitud igualmente. Así y todo, la Organización especifica los y las pensionistas a quienes no aplica tal devolución:

Hacienda puede haber hecho ya la regularización pertinente

Es posible que, si Hacienda cuenta con información sobre tu derecho al ajuste, ya lo haya regularizado ella misma en tu declaración del ejercicio 2023. "Lo verás si ha restado de tus rentas del trabajo un importe que constará en tus datos fiscales como 'ajuste por mutualidades - DT2 LIRPF', de lo que resultará una cantidad a pagar menor de lo esperado o una cantidad a devolver mayor de lo esperado", postula la OCU.

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No obstante, esto no será suficiente para reclamar los ejercicios anteriores. Para ello, debes rellenar el formulario presentado anteriormente. La Organización recomienda presentarlo:

  • Si ya has declarado y se ha tenido en cuenta la regularización de 2023, pues tendrás que solicitar la de los ejercicios anteriores.
  • Si ya has declarado y no has visto rastro del 'ajuste por mutualidades - DT2 LIRPF' en tus datos fiscales de 2023.
  • Si todavía no has presentado la declaración del ejercicio 2023 (si no lo has hecho porque no estás obligado, comprueba el borrador y si Hacienda ha hecho el ajuste y la declaración te sale a devolver, presenta la declaración además del formulario).
  • Si no declaraste, por no estar obligado, alguno de los siguientes ejercicios: 2019, 2020, 2021, 2022.
  • Si eres heredero o heredera de un pensionista fallecido en 2019 o años posteriores.

Para este último caso, expone la Organización, si lo gestionas online tendrás que presentar un acta de sucesión, para actuar como representante del fallecido. Puedes hacerlo en este enlace si dispones de Clave móvil, certificado electrónico o DNI-e. Posteriormente, podrás realizar la presentación del formulario, en calidad de representante.

Si te surge alguna duda, puedes llamar al teléfono de información 918 898 146. Ten a mano el DNI del fallecido, su fecha de nacimiento, un número de cuenta para recibir la devolución del importe correspondiente, si lo hubiera, y un teléfono de contacto.

Cómo presentar la solicitud

Para realizar la solicitud de devolución debes, en primer lugar, presentar el formulario de la Agencia Tributaria. El plazo es, como máximo, hasta el 30 de junio, para poder recuperar lo pagado de más en el ejercicio 2019, que está a punto de prescribir.

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