Pensiones

Si te quedas sin trabajo a las puertas de la jubilación, calma, puedes seguir cotizando

Ignacio Casanueva

Foto: BigStock

Jueves 10 de junio de 2021

3 minutos

Los convenios especiales permiten seguir cotizando y mantener distintos derechos

Tabla de la jubilación: descubre cuándo vas a poder jubilarte
Ignacio Casanueva

Foto: BigStock

Jueves 10 de junio de 2021

3 minutos

Cierre de empresas, EREs, bajas forzadas, etc. son una de las noticias que vemos todos los días o que llegan a nuestros oídos por casos cercanos. Unas situaciones que pueden hacernos pensar ¿y si me pasa a mí?

A una edad en la que la jubilación está más cerca que la fecha en la que comenzamos a estar en el mercado laboral está justificado el miedo a quedarnos con una pensión exigua o afectada por este final de la actividad.

Lo primero que debemos saber es que, como trabajadores, contamos con la posibilidad de pagar las cotizaciones a través de convenios especiales a la Seguridad Social. Gracias a esta opción podemos mantener nuestros derechos a pensión sin alteración alguna.

Estos convenios no sirven únicamente para seguir cotizando, sino que se amplían a más circunstancias. Por ejemplo, sirve también para las prestaciones de invalidez permanente, de un accidente laboral o de un deceso. Para verlo en un caso práctico, las personas que se acojan al convenio especial también podrán ser beneficiarios de una pensión de viudedad.

Renta 2020-2021 cómo declarar si el SEPE ha cometido errores con tu ERTE

¿Cuáles son los requisitos?

El primer requisito esencial es haber cotizado al menos 3 años, o 1.080 días durante los 12 años anteriores a cuando se produce esa baja en la Seguridad Social. (Este requisito no afecta en caso de vernos afectados por un Expediente de Regulación de Empleo o ERE).
Hay que tener en cuenta que si comenzamos a cobrar la prestación por desempleo no podremos adherirnos a un convenio especial.

Existen cuatro bases de cotización que la persona interesada podrá elegir para cotizar más o menos en función de sus necesidades:

  • La máxima de su grupo de cotización si estuviera dado de alta (si ha cotizado previamente 24 meses en el último lustro).
  • La máxima de los últimos 12 meses.
  • La mínima vigente para un trabajador autónomo.
  • Cualquiera que esté entre las tres anteriores.

¿Es el mismo convenio para todos?

Como las circunstancias que rodean a cada persona son únicas, tener un único convenio especial que aglutinara todas sería muy complicado. Por ello se han ido creando diferentes convenios, hasta tener en la actualidad 41. Aun así, los más comunes son:

Sobre el autor:

Ignacio Casanueva

Ignacio Casanueva es redactor especializado en temas de tecnología y salud.

… saber más sobre el autor