Cartas a la directora

La jubilación anticipada, un derecho que no es igual para todos los trabajadores

Roberto Bacigalupe

Viernes 14 de octubre de 2022

2 minutos

¿Por qué es importante destinar ahorros pensando en la jubilación? Foto: bigstock
Roberto Bacigalupe

Viernes 14 de octubre de 2022

2 minutos

Cartas al director (cintillo)

 

El pasado 19 de agosto, tras más de 47 años cotizando para el sostenimiento del sistema de pensiones, decidí solicitar la jubilación anticipada con 63 años. Sorprendentemente, hasta la fecha, y aunque la Seguridad Social alardea de resolver los expedientes de jubilación en 20 días, en mi caso, tras más de mes y medio, el único tramite completado es el que yo mismo realicé.

Me parece exagerado y totalmente injusto que tras mi larga carrera profesional se me penalice con el 13% en mi pensión, máxime teniendo en cuenta que esta penalización es de por vida.

Sin embargo, aun me parece más discriminatorio e injusto frente a otros colectivos que, con menos años cotizados y con menos edad, pueden jubilarse sin ver penalizada su pensión.

El personal incluido en las Clases Pasivas del Estado tiene la opción de poder jubilarse con 60 años y obtener el 100% de la pensión.

El personal incluido en las Clases Pasivas del Estado está compuesto por funcionarios de carrera y en prácticas o interinos en la Administración General del Estado y de la de Justicia, así como de las Cortes Generales y otros trabajadores con funciones similares en las distintas comunidades autónomas. En este grupo también están los militares de carrera, escalas de complemento, de tropa y marinería profesional o caballeros cadetes. Por otra parte, se tienen en cuenta a los expresidentes del Gobierno, exvicepresidentes, exministros y otros cargos gubernamentales.

Todos estos funcionarios públicos tienen una edad de jubilación ordinaria de 65 años, por lo que podrán solicitar la jubilación anticipada obteniendo la totalidad de la pensión a los 60 años, siempre que tengan reconocidos 30 años de servicios al Estado. Puntualizar que el régimen de Clases Pasivas esta cerrado desde el año 2011, pero aun así todavía 700.000 empleados públicos se pueden acoger a las citadas condiciones.

El personal de las Cortes Generales podrá jubilarse voluntariamente cuando cumpla 60 años de edad o tenga reconocidos 35 años de servicios efectivos al Estado.

En definitiva, no todos los pensionistas “jugamos la partida en igualdad de condiciones”.


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Roberto Bacigalupe