Ya es oficial: jubilación anticipada a los 56 años para estas 11 nuevas enfermedades
La medida beneficiará a unas 50.000 personas con una discapacidad igual o superior al 45%
El Consejo de Ministros, en su reunión de este martes, ha aprobado un Real Decreto por el que se amplía el acceso a la jubilación anticipada por razón de discapacidad a los afectados por 11 nuevas patologías generadoras de discapacidad. Esta medida, que se concreta en la inclusión en el Anexo del Real Decreto 1851/2009, que comprende las patologías que pueden dar lugar a la reducción de la edad de jubilación de las personas trabajadoras con discapacidad en grado igual o superior al 45%, beneficia en torno a 50.000 personas, que podrán anticipar su edad de jubilación hasta los 56 años debido a la patología que padecen.
Las nuevas patologías son:
- Espina bífida
- Amiloidosis por transtiretina variante
- Enfermedad de párkinson
- Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert)
- Enfermedad de Huntington
- Esclerosis sistémica
- Lesión medular
- Degeneración corticobasal
- Atrofia multisistémica
- Parálisis supranuclear progresiva
- Enfermedad Renal Crónica estadio G5
Para la ministra Elma Saiz, “miles de personas que padecen enfermedades de gravedad que condicionan su desempeño laboral podrán beneficiarse por esta decisión del Gobierno cuyo objetivo es que cuenten con una especial protección que haga justicia y equipare sus posibilidades con las del resto de la población trabajadora“.

Actualización del Anexo legal abierto
El nuevo Real Decreto culmina un procedimiento en el que ha intervenido como proponente una Comisión Técnica integrada por especialistas médicos, científicos y expertos en discapacidad representantes del Instituto de Salud Carlos III, el Consejo Médico Forense, la Sociedad Española de Medicina Interna, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) y el Consejo Nacional de la Discapacidad; así como por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS), que ha avalado la inclusión en el Anexo de las nuevas patologías generadoras de discapacidad.
Este procedimiento ha permitido actualizar y ampliar un anexo legal abierto, al incorporar nuevas enfermedades cuya gravedad y efectos son susceptibles de justificar una anticipación de la edad de jubilación para las personas trabajadoras con discapacidad de, al menos, el 45 por ciento.
La DGOSS, que preside la Comisión Técnica, ha sido la encargada de estudiar las solicitudes de inclusión y, posteriormente, de elaborar los informes sobre cada patología que desembocaron en la resolución inicial favorable para estas 11 nuevas patologías.
Tras la modificación del Anexo del referido real decreto, las personas trabajadoras con discapacidad que estén afectadas por estas patologías podrán anticipar su edad de jubilación hasta los 56 años, sin que esto suponga una reducción de la cuantía de su pensión siempre que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar en alta o en situación asimilada a la de alta en la fecha del hecho causante.
- Acreditar 15 años de cotización a lo largo de su vida laboral y, dentro de ese periodo, que al menos durante 5 años se hayan visto afectados por alguna de estas patologías con discapacidad igual o superior al 45 por ciento.
En estos casos, el período de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación del trabajador se computará como cotizado para determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora, que sirve para el cálculo del importe de la pensión de jubilación.
Cocemfe aspira a que se reconozcan más enfermedades
El presidente de la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (Cocemfe), Anxo Queiruga, ha celebrado la aprobación por parte del Consejo de Ministros de este decreto. Para la organización, se trata de "un avance histórico en la protección de derechos que permitirá que miles de personas puedan anticipar su jubilación en condiciones más justas y adaptadas a la realidad que supone convivir con enfermedades que reducen la esperanza de vida".
Cocemfe ha destacado que esta modificación normativa culmina "un proceso de incidencia política y técnica en el que la organización y su movimiento asociativo han trabajado de manera intensa" para recopilar evidencia científica y presentar informes al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Queiruga ha hecho hincapié en que "esta aprobación demuestra que cuando el movimiento asociativo aporta evidencia científica, trabaja de forma coordinada y mantiene una incidencia constante, es posible avanzar en derechos que mejoran la vida de las personas", subrayando la importancia de la colaboración entre organizaciones y administraciones.
El presidente de Cocemfe ha destacado además que "esta ampliación supone un reconocimiento de la realidad que viven muchas personas con enfermedades altamente discapacitantes, cuya trayectoria laboral se desarrolla en condiciones especialmente complejas y con una reducción acreditada de la esperanza de vida", considerándola "una medida de justicia social que responde a una demanda histórica del movimiento de la discapacidad".
No obstante, Cocemfe ha subrayado que "este proceso no concluye con la aprobación de este Real Decreto", puesto que la entidad ya ha presentado nuevos informes correspondientes a otras seis patologías –artritis reumatoide, ataxia de Friedrich, lupus eritematoso sistémico, paraparesia espástica familiar, encefalomielitis miálgica y ataxia SCA3– para continuar ampliando el listado.
La organización ha manifestado su determinación de mantener su labor de incidencia política para que "el listado responda a la realidad de las personas con discapacidad física y orgánica" y continúe expandiéndose conforme exista evidencia científica suficiente sobre la reducción de la esperanza de vida asociada a nuevas patologías.

