Economía

Todo lo que debes saber para hacer un contrato de alquiler a tu hijo o nieto

Paula Buedo

Sábado 14 de enero de 2023

4 minutos

Estas son las formas de cesión de una vivienda a familiares

Todo lo que debes saber para hacer un contrato de alquiler a tu nieto
Paula Buedo

Sábado 14 de enero de 2023

4 minutos

Cuando los nietos e hijos crecen, empiezan a buscar su independencia y habitar su propio hogar. Para este momento, muchos abuelos y padres desean darles facilidades para que puedan hacerlo con éxito.

La falta de estabilidad laboral y la tendencia a la alza de los precios de alquiler son grandes obstáculos para la emancipación juvenil, así que algunas familias optan por ceder el disfrute de una vivienda a sus hijos o nietos. Pero, para ello, ¿es necesario firmar un contrato de alquiler? ¿Cómo debería tributarse ante Hacienda esta cesión? Las preguntas que surgen son muchas, ya que hay distintos tipos según cada situación.

Si no se desea pactar ningún precio, sino que el familiar va a disfrutar del uso de la vivienda gratuitamente, no hay obligación de firmar ningún contrato de alquiler. No obstante, aunque el contrato como tal no sea necesario, es recomendable elaborar algún tipo de documento legal para evitar conflictos o problemas futuros.

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Cesión en precario frente a comodato

La cesión de una vivienda implica que tu hijo, nieto o familiar podrá disfrutar del uso de la casa sin pagar alquiler. No obstante, este trámite no implica que el propietario pierda la titularidad: la vivienda sigue siendo de los padres o abuelos. Hay dos formas principales de ceder gratuitamente la vivienda: en precario y comodato.

La primera es la cesión en precario. En este caso, no hay ningún tipo de documento ni contrato. Se cede el uso de la vivienda sin una duración determinada. Los propietarios podrían recuperarla, pero, si los habitantes se niegan, deberán recurrir a un desahucio por precario, el cual tiene ciertas características especiales por esa ausencia de documento.

Sin embargo, el artículo 1740 del Código Civil contempla otra forma de cesión gratuita, esta vez con un documento que recoge algunos detalles importantes. Se trata del comodato, que sí establece una duración limitada de la cesión que se deberá respetar. No obstante, si los dueños quisieran recuperarlo antes del plazo previsto, podrían hacerlo.

Este contrato es semejante al de un alquiler corriente, pero indica claramente que se trata de una cesión gratuita. Se pueden añadir otros detalles como quién se hará cargo de los gastos del inmueble, el estado del mismo u otras cláusulas que regulen la relación. Estos son los puntos que recomienda Idealista para que un contrato de alquiler sea válido:

  • Nombre completo y datos de todos los inquilinos y propietarios
  • Datos del inmueble (ubicación, referencia catastral, etc.)
  • Duración del contrato
  • Cuantía de la renta
  • Quién se hace cargo de los suministros y las reparaciones
  • Estado de la vivienda
  • Fianza
  • Cláusulas pertinentes

De cara a Hacienda

Si se arrienda el inmueble a un familiar con un contrato de alquiler corriente, con una cantidad pactada, el propietario tributará con normalidad los rendimientos del capital inmobiliario anuales. Sin embargo, si se cede gratuitamente, la situación es diferente.

El uso de una vivienda cedida sin dinero de por medio hace que la declaración, a efectos prácticos, se haga como si el inmueble estuviese vacío. Por eso, hay que pagar el impuesto del 2% del valor catastral, como establece la ley de IRPF para inmuebles urbanos que no generan rendimientos de capital. Si el municipio donde se ubica ha revisado el valor, será del 1,1%.

 

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