Luz y gas

Las facturas de gas de las comunidades de vecinos podrían duplicarse en 2024

Marta Jurado

Martes 10 de octubre de 2023

3 minutos

La tarifa regulada para calefacción central (TUR4) finaliza el 31 de diciembre

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Marta Jurado

Martes 10 de octubre de 2023

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Malas noticias para quienes tienen calefacción central e hicieron cambios para acogerse a la nueva tarifa regulada subvencionada del Gobierno. La conocida como TUR 4 o tarifa de gas para comunidades de vecinos, que se aprobó hace un año dentro del paquete de medidas de ahorro energético del  Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, finaliza el próximo 31 de diciembre, lo que podría acarrear mayores facturas.

Pese a que había esperanzas de que se prorrogase, sobre todo debido al cambio que debían hacer algunas comunidades para incorporar contadores individuales – en un plazo que el Gobierno había dado hasta septiembre de 2023– todo apunta a que no será así. De hecho, tal como informan medios especializados, algunas compañías energéticas ya están enviando notificaciones a los clientes para avisarles de la finalización del contrato.

Y es que según recoge el BOE, antes del 15 de octubre de 2023, las empresas comercializadoras de último recurso tienen la obligación de informar a los usuarios que tengan contratada la tarifa de la necesidad de contratar el suministro a partir del 1 de enero de 2024 con una comercializadora del mercado libre.

Hasta un 50% más en las facturas

Esta hecho podría provocar que con la entrada del nuevo año las facturas de gas de las comunidades vecinales acogidas a la TUR se disparen hasta un 50% en base a los precios actuales, aunque dependerá de la compañía. Así, las pequeñas comunidades con un consumo anual de 150.000 kWh adscritas a esta tarifa, pasarían de pagar de 6.600 euros a 13.500 euros, según cálculos de Selectra. Mientras que en el caso de las de gran consumo, la cifra podría pasar de 19.100 a 36.600 euros al año.

Pero no todos son malas noticias, el BOE decreta que aquellos que aún no han podido instalar los contadores, pueden presentar una recurso o declaración responsable en un plazo máximo de treinta días desde la entrada en vigor de la orden, manifestando en dicha declaración las dificultades experimentadas de naturaleza técnica o administrativa, para ampliar el plazo hasta el 30 de septiembre de 2024. En caso contrario, las comunidades que no lo hayan hecho, presentado o solicitado la tarifa, deberán pagar el recargo del 25%.

¿Qué comunidades podían solicitar la TUR4 ?

Hasta ahora podían acceder a esta tarifa regulada por el Gobierno todas las comunidades de propietarios o incluso las empresas de asesoría energética que controlan los suministros de comunidades de vecinos, siempre que cumpliesen los siguientes requisitos:

  • Estar al corriente de pago de su actual comercializadora.
  • Tener ya instalados los repartidores de consumos individuales para poder asignar a cada vivienda el consumo real que realiza. Si no los tienen instalados, deben hacer una declaración en la que se comprometen a ponerlos antes del 31 de septiembre de 2023 (si no cumplen, deben devolver el 25% de lo ahorrado). Se salvan las comunidades que estén exentas de poner los repartidores según la normativa vigente porque se ha comprobado su no viabilidad.
  • Haber pasado las revisiones e inspecciones obligatorias de la caldera.
  • Si la gestión la realiza un asesor energético, debe comprometerse a trasladar a la comunidad de vecinos el 100% del ahorro generado por este cambio de comercializadora.

Se calcula que alrededor de 6.700 comunidades de vecinos se han acogido a esta tarifa.

Sobre el autor:

Marta Jurado

Marta Jurado

Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.

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