¿Hay que pedir permiso para cerrar la terraza de un piso?
La Ley de Propiedad Horizontal establece cuándo se necesita autorización de la comunidad
Los cerramientos de terrazas y balcones son una de las obras que pueden generar diferentes conflictos en las comunidades de vecinos. Muchos propietarios deciden cerrar estos espacios para ganar metros útiles en sus viviendas, pero hacerlo no siempre es tan simple como parece.
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece una serie de requisitos que se deben cumplir antes de realizar este tipo de modificaciones, ya que pueden afectar a elementos comunes, a la estética del edificio o a la seguridad del edificio.
Qué establece la Ley de Propiedad Horizontal sobre las obras
El artículo 7 de la LPH establece los límites que tienen los propietarios a la hora de realizar modificaciones en sus viviendas. En concreto, la norma indica que podrán “modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad”.
Por dicho motivo, aunque la terraza sea de uso privativo, su modificación puede afectar a elementos o características del edificio que están sujetos a las normas de la comunidad.
Cerrar una terraza requiere autorización de los vecinos
El propietario de una vivienda no puede cerrar una terraza por su cuenta sin contar con la autorización correspondiente. El artículo 10.3.b de la Ley de Propiedad Horizontal contempla que este tipo de acciones requieren el acuerdo favorable de tres quintas partes de los propietarios, que además deben representar tres quintas partes de las cuotas de participación.
Además, cuando la obra de la terraza pueda afectar directamente a otro vecino, será necesario contar también con su consentimiento para poder actuar.
Realizar el cerramiento sin la autorización exigida puede tener consecuencias. La comunidad de propietarios puede reclamar que la obra sea desmontada y que la terraza vuelva a su estado anterior, además de solicitar una indemnización por los posibles daños y perjuicios ocasionados.

Los trámites necesarios para cerrar una terraza
Antes de acometer un cerramiento en una terraza de uso privativo, hay varios pasos que se deben tener en cuenta.
- Obtener el permiso de la comunidad de propietarios. Al tratarse de una modificación que puede afectar a la estética o a determinados elementos del edificio, también habrá que revisar los estatutos de la comunidad y comprobar si existen otros cerramientos similares que hayan sido realizados previamente.
- Preparar un proyecto de cerramiento. Este documento debe recoger el diseño y los materiales que se utilizarán y estar firmado por un técnico competente para su posterior presentación ante el Ayuntamiento correspondiente.
- Obtener la licencia municipal. La actuación también debe contar con la aprobación de la Corporación municipal.
¿Cuándo prescribe un cerramiento?
La prescripción de un cerramiento de terraza depende de las ordenanzas municipales y puede situarse entre los cuatro y los diez años, dependiendo del Ayuntamiento.
Cuando la obra tenga menos de diez años, será necesario realizar un proyecto de legalización mediante un técnico y solicitar la licencia correspondiente, además de abonar las tasas respectivas.
Por otro lado, si han transcurrido más de diez años, puede no ser necesario solicitar una nueva licencia, aunque seguirá siendo preciso contar con un proyecto de legalización por prescripción de la infracción urbanística.
Además, tanto en un supuesto como en otro, será necesario acudir al notario y al Registro de la Propiedad para actualizar la información correspondiente al inmueble.
En el caso de no cumplir con los trámites exigidos puede acabar derivando en sanciones administrativas, así como en reclamaciones o demandas civiles por parte de la comunidad de propietarios o de otros vecinos afectados.

