Vodafone, condenada a pagar 10.000 euros a un cliente por incluirlo en el fichero de morosos

Recibirá una indemnización por daño al honor por mantenerle en la lista negra por una deuda ficticia

Vodafone, condenada a pagar 10.000 euros a un cliente por incluirlo en el fichero de morosos Miia

La empresa de telecomunicaciones Vodafone deberá indemnizar con 10.000 euros, más intereses y costas judiciales, a un antiguo cliente por haber mantenido sus datos en dos ficheros de solvencia patrimonial pese a que la deuda que originó la inclusión era objeto de controversia. 

La resolución, dictada por el Tribunal de Instancia de Santa Cruz de La Palma, considera que la actuación de la compañía supuso una vulneración del derecho al honor del consumidor. La deuda reclamada por Vodafone no reunía, según el tribunal, los requisitos necesarios para que pudiera ser comunicada legítimamente a este tipo de registros: debía tratarse de una deuda cierta, vencida y exigible.

Cargos no reconocidos

Según publica el diario ElPais, el conflicto se originó después de que el cliente contratara servicios de telecomunicaciones con Vodafone. Posteriormente ejerció su derecho de desistimiento y devolvió los dispositivos que había recibido, siguiendo las indicaciones de la compañía para tramitar la baja.

La compañía, sin embargo, le reclamó posteriormente determinados importes que el usuario no reconoció. El afectado solicitó explicaciones sobre el origen de los cargos y manifestó su disconformidad con la deuda. A pesar de todo, sus datos fueron incorporados a los ficheros Experian-Badexcug y Asnef-Equifax.

El tribunal concluye que una deuda cuya existencia o cuantía está siendo legítimamente cuestionada no puede utilizarse para atribuir públicamente a un consumidor la condición de moroso.

 

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Casi cuatro años en el fichero de morosos

Uno de los aspectos que ha tenido en cuenta la Justicia es el tiempo durante el que los datos permanecieron en los ficheros. Aunque Vodafone terminó cancelando la deuda, el afectado continuó incluido en ambos registros durante aproximadamente 47 meses.

Durante dicho periodo se produjeron 1.098 consultas de sus datos por parte de 28 entidades, además de consultas periódicas realizadas por otras cuatro empresas.

El tribunal señala que la inclusión en estos registros pudo perjudicar la reputación del consumidor como pagador y reconoce la existencia de un daño al honor. No obstante, la sentencia no considera acreditado que las dificultades concretas que tuvo posteriormente para obtener financiación fueran consecuencia directa de su presencia en los ficheros.

 

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José Miguel García, CEO de Vodafone España. Fuente: Europa Press

Conservar toda la documentación

Ante una reclamación de una deuda que el consumidor considera incorrecta, es fundamental conservar las facturas, contratos, comunicaciones con la empresa, justificantes de pago o devolución de equipos y cualquier reclamación presentada.

Toda esta documentación puede resultar determinante para acreditar que la deuda estaba siendo discutida y que la inclusión en un fichero de solvencia no cumplía los requisitos legales.