Economía familiar

¿Se puede desgravar el dentista en la declaración de la renta 2023-2024?

Ainhoa Gómez

Foto: Big Stock

Domingo 21 de abril de 2024

3 minutos

Algunas comunidades autónomas permiten deducir los gastos en salud bucodental

¿Se puede desgravar el dentista en la declaración de la renta 2023-2024? (BigStock)
Ainhoa Gómez

Foto: Big Stock

Domingo 21 de abril de 2024

3 minutos

La campaña de la Renta 2023-2024 dio comienzo el 3 de abril y finalizará el lunes 1 de julio. El principal objetivo de los contribuyentes es rebajar al máximo la factura fiscal, por lo que es clave comprobar si se pueden aplicar algunas deducciones fiscales que permitan aliviar la carga tributaria.

Los gastos del dentista en la declaración de la renta a nivel estatal no pueden deducirse, pero algunas comunidades autónomas ofrecen la posibilidad de hacerlo en el tramo autonómico.

 

dentista

¿En qué comunidades se pueden desgravar los gastos del dentista?

  • Comunidad Valenciana: es posible desgravar los gastos odontológicos de tratamientos no considerados estéticos, como son las endodoncias, empastes, limpiezas dentales, curetajes, extracciones de piezas, tratamiento de caries, ortodoncias o implantes. Asimismo, los importes que se hayan pagado por estos servicios a lo largo del pasado año 2023 se pueden incluir en el borrador de la declaración de la Renta en el caso de los residentes en la Comunidad Valenciana, concretamente usando la casilla 1959. La Agencia Tributaria podría solicitar un documento como prueba, por lo que conviene acreditar la factura
  • Cantabria: los contribuyentes cántabros pueden deducirse el 10% de los honorarios abonados a profesionales por servicios sanitarios y de salud dental, siempre hasta un máximo de 500 euros en tributación individual y 700 euros si es conjunta siempre que cumplan un requisito: que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro no supere los 22.946 euros en tributación individual o los 31.485 euros en tributación conjunta.
  • Islas Canarias: puede deducirse hasta el 12% de los gastos abonados para la prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades y de salud dental hasta un máximo de 600 euros en tributación individual y 700 euros si en caso de discapacidad igual o superior al 65%. En caso de hacer la declaración de manera conjunta el límite asciende a 840 euros al año y a 940 euros si el contribuyente tiene una discapacidad igual o superior al 65%. En cualquier caso, la base imponible general y la base imponible del ahorro no pueden superar los 42.900 euros tributación individual o los 57.200 euros si es conjunta.

Es decir, solo tres comunidades autónomas permiten deducir los gastos de salud bucodental: Comunidad Valenciana, Islas Canarias y Cantabria. Aunque es probable que se sumen a estas deducciones más regiones en los próximos años.

Los autónomos

Hay otro colectivo que puede deducir los gastos odontológicos: los autónomos. Pero solo podrán hacerlo como parte integral de su seguro de salud. Los trabajadores por cuenta propia pueden desgravar su seguro de salud y el de su familia hasta un máximo de 500 euros al año por miembro.

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