Vueling, condenada a pagar 1.326 euros a un cliente por retrasar su vuelo y cancelar el siguiente
Así lo ha decidido un Tribunal de Granada después de que la compañía se negase a indemizarle
Un juez de Granada ha condenado a la aerolínea Vueling a abonar 1.326 euros a un cliente que sufrió junto a su familia el retraso de un vuelo de conexión desde Menorca a Barcelona y la cancelación del siguiente, que tenía previsto llevarlo a la capital granadina, su destino final.
Así lo ha decidido el juez de la Plaza número 8 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Granada que ha fijado en esta cifra el importe del vuelo cancelado, más las compensaciones que marca por ello la normativa europea para cada uno de los cuatro pasajeros afectados, según informa en un comunicado la asociación de consumidores Facua, que ha intervenido en el proceso.

Viaje a Menorca que se complicó
Los hechos se remontan a 2018, cuando Francisco M., vecino de Granada, volvía de estar unos días en Menorca con su familia. Para volver a su casa tenían que coger dos vuelos: uno primero de conexión desde la isla balear a Barcelona y un segundo que les llevaría finalmente a su destino. En total, ocho billetes.
Poco antes de la salida del primer vuelo, Vueling les informó de que iba a sufrir un retraso, lo que provocó que llegasen a la Ciudad Condal una hora y media más tarde de lo previsto. Pero, además, al llegar al aeropuerto barcelonés, la compañía les indicó que su vuelo a Granada se cancelaba. Como alternativa, les daba la opción de embarcar en un nuevo vuelo que salía al día siguiente.
✈️ Vueling, condenada a abonar 1.326 euros a un socio de FACUA que sufrió el retraso de un vuelo de conexión y la cancelación del siguiente ⚖️ https://t.co/g59BVl0ok4
— FACUA (@FACUA) September 7, 2026
Sin embargo, Francisco y su familia no podían esperar, por lo que finalmente decidieron rechazar esa opción y comprar unos nuevos billetes para otro vuelo de ese día. A su llegada a Granada, decidió contactar con Vueling para reclamar el reembolso de los cuatro billetes del vuelo cancelado, así como la compensación automática que establece la normativa europea en caso de cancelación para cada viajero. En total, 1.326 euros.
Según Facua, Vueling alegó circunstancias fuera de su control y "se negó" a atender la petición del afectado porque la cancelación del vuelo fue por la "congestión del tráfico aéreo".
El cliente decidió entonces acudir a Facua Granada, de la que era socio desde el año 2015, para que le ayudara a exigir a la aerolínea que le entregara el dinero. El equipo jurídico de la asociación se dirigió a la compañía indicando que "no había excusa alguna para que no cumpliera con lo que establece la legislación europea, y que un tráfico aéreo anómalo no es una circunstancia extraordinaria que le permitiese abstenerse de pagar".

Intervención de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA)
Pero Vueling "volvió a negarse", lo que provocó que Facua Granada se dirigiese a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) para que se pronunciase sobre el asunto. El organismo dio la razón a este cliente en sus pretensiones, confirmando que Vueling debía entregar los 1.326 euros al afectado.
La resolución de la AESA no era de obligado cumplimiento para la aerolínea, por lo que "hizo caso omiso y se enrocó en que no tenía que pagar ninguna compensación", por lo que Facua acudió a los tribunales alegando que el tráfico aéreo no es una circunstancia extraordinaria y que Vueling, en virtud del Reglamento Europeo sobre transporte aéreo, debía pagar los 323 euros que costaron los cuatro billetes y los 1.000 euros (250 por pasajero) de la compensación por cancelación.
Ahora, la Plaza Número 8 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Granada ha confirmado estas pretensiones. En la sentencia, el juez Víctor Moreno Velasco señala que "la congestión del tráfico aéreo es una circunstancia inherente al ejercicio normal de la actividad que la compañía aérea debió haber previsto, por lo que no funciona como circunstancia excluyente de la compensación".
