Economía

España prevé dar la residencia a 400.000 británicos si hay Brexit duro

65ymás

Viernes 1 de marzo de 2019

3 minutos

El Consejo de Ministros aprueba un real decreto con los planes para el caso de un Brexit sin acuerdo

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El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un real-decreto ley con los planes de contingencia necesarios para el caso de un Brexit sin acuerdo. Dado que aún cabe la posibilidad de un Brexit acordado, la vigencia del decreto ley se supeditará a que la salida del Reino Unido de la UE se produzca, efectivamente, sin acuerdo

En relación con los ciudadanos -españoles que viven en Reino Unido y británicos residentes en España- el decreto contempla medidas en materia de residencia para 400.000 británicos, de trabajadores transfronterizos, de acceso a protecciones y función pública, de Seguridad Social, de asistencia sanitaria y de educación.

El Real Decreto recoge que España es el Estado miembro de la Unión Europea en el que residen un mayor número de nacionales del Reino Unido, más de 300.000 registrados, y un número sin determinar de no registrados. En el Reino Unidos residen, al menos, 150.000 españoles. Mediante el Real Decreto-ley se establece la transición al régimen general de extranjería de los nacionales británicos y sus familiares

De este modo, para acreditar la residencia legal de los nacionales británicos y sus familiares, en España se dotará de validez, transitoriamente, a los certificados de registro como residente comunitario expedidos con anterioridad a la fecha de retirada. Respecto de aquellos nacionales británicos que no hayan podido obtener los certificados de registro antes de la fecha de retirada se mantiene su residencia legal hasta que se resuelva definitivamente sobre su situación.

Además, fija que los nacionales británicos y sus familiares deberán pedir, antes del 31 de diciembre de 2020, la Tarjeta de Identidad de Extranjero, documento que acreditará de forma definitiva, su residencia legal en España. El Gobierno aprobará unas instrucciones que articulan el procedimiento para transitar a su situación definitiva, dentro del régimen general de residencia de nacionales de un tercer estado.

En caso de que ya dispusieran de residencia permanente como ciudadanos europeos el proceso será casi automático. En otro caso se les reconocerá la residencia temporal, en función del tiempo de residencia acreditado, conforme a la legislación general.

La expedición de los nuevos documentos de residencia es un proceso complejo pues se calcula que afectará en torno a 400.000 personas, que requiere de un plazo relativamente amplio que ha sido fijado en 21 meses desde la fecha de retirada.

El Real Decreto también prevé normas de cooperación administrativa y judicial en materia penal, referidas fundamentalmente a las órdenes europeas de detención y entrega emitidas antes de la fecha de retirada, prevista para el 29 de marzo.

En el capítulo de actividades económicas, incluirá medidas en materia de servicios financieros, de aduanas, de contratos del sector público, de autorizaciones y licencias, concretamente, de permisos de conducir, material de defensa y doble uso, armas, explosivos y transporte. 

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