Pensiones

Llega la edad de jubilación y estoy en paro: ¿sigo teniendo derecho al desempleo?

Anna Blanco

Foto: Eduardo Parra / Europa Press / Bigstock

Lunes 11 de octubre de 2021

ACTUALIZADO : Lunes 11 de octubre de 2021 a las 10:56 H

3 minutos

Si se cumplen los requisitos deberemos acogernos a la jubilación forzosa por desempleo

Hombre entrando a oficina de empleo
Anna Blanco

Foto: Eduardo Parra / Europa Press / Bigstock

Lunes 11 de octubre de 2021

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¿Qué pasa si nos llega la edad mínima de jubilación estando en situación de desempleo? Pues que es probable que debamos acogernos a una jubilación anticipada conocida como jubilación forzosa por desempleo. Y es que, como informa el SEPE, si aún no se cumplen los requisitos para tener derecho a cobrar una pensión contributiva de jubilación, se sigue cobrando la prestación durante todo el periodo concedido. Pero, si se cumple la edad de jubilación mientras se está cobrando el subsidio por desempleo y se tiene derecho a cobrar una pensión contributiva de jubilación, la prestación se extingue. 

Para poder acogerse a la jubilación forzosa por desempleo, la última reforma de las pensiones establece que la edad mínima de jubilación será siempre cuatro años menor que la ordinaria. A partir de 2021, la edad ordinaria de jubilación será de 66 años o haber cotizado al menos 37 años y 3 meses para poder acceder al 100% de la base reguladora. Por tanto, el próximo año quien cumple los requisitos se podrá jubilar anticipadamente por desempleo con 62 años. Pero hay que tener en cuenta que desde 2013 la edad de jubilación ordinaria en España aumenta progresivamente y, por tanto, también la mínima y que en 2027 la edad de jubilación anticipada forzosa pasará de los 61 años actuales (2020) a los 63 años. Por otra parte, otro requisito para poder acogerse a la jubilación forzosa por desempleo es haber cotizado un mínimo de 33 años a la Seguridad Social.

Opciones si nos llega la edad de jubilación en el paro

Además de la edad y el número de años cotizados, para acceder a esta modalidad de jubilación también hay que cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser demandante de empleo durante al menos los seis meses inmediatamente anteriores a la solicitud, es decir, es necesario haber estado inscrito en las oficinas de la Seguridad Social como demandante de empleo al menos durante los últimos 6 meses previos. 
  • La existencia de causas económicas, tales como un despido colectivo (ERE), objetivo, resolución judicial, causa mayor derivada de la muerte del empleador o de su jubilación o desempleados por violencia de género.

Dicho esto, si la persona desempleada cumple estos requisitos estará obligada a jubilarse y a cobrar su pensión contributiva. Por otra parte, es necesario tener en cuenta que en este tipo de jubilación (forzosa a los 61 años) existe un coeficiente reductor de la pensión pública ya que se aplica una rebaja del 7,5% en la pensión anual. Desde 2013, esta penalización se aplica sobre toda la pensión (anteriormente la reducción se aplicaba sobre la base de cotización), lo que conlleva una rebaja mayor del dinero que se recibe.

Sobre el autor:

Anna Blanco

Anna Blanco es periodista especialiada en temas de sociedad.

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