Educación financiera

Jubilación activa: ¿compensa?

María Liébana

Lunes 19 de octubre de 2020

3 minutos

Representa una posibilidad más de compatibilizar pensión y actividad laboral

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María Liébana

Lunes 19 de octubre de 2020

3 minutos

Es un tipo de jubilación por la que un trabajador puede seguir en activo y cobrar parte de la pensión o su totalidad si es autónomo y tiene trabajadores a su cargo. Una posibilidad más para compatibilizar jubilación y actividad laboral.

En los últimos años se han ido introduciendo diversas medidas normativas que incentivan esta situación y que tienen un doble objetivo: contribuir a la sostenibilidad del sistema de pensiones y favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad.

La llamada jubilación activa es la medida que se ha aprobado más recientemente en este sentido y se suma otras posibilidades que ya contemplaba la normativa de compatibilizar pensión y actividad laboral.

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Requisitos para la jubilación activa

Para acceder a la jubilación activa, el trabajador ha de cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber alcanzado la edad legal de jubilación.
  • Haber alcanzado la pensión máxima, entendida por años cotizados.

Los trabajadores autónomos también pueden beneficiarse de este tipo de jubilación siendo las condiciones y requisitos las mismos que las de un trabajador por cuenta ajena. Si además el trabajador autónomo tiene trabajadores a su cargo, podrá recibir la totalidad de su jubilación. Y es que los autónomos sin trabajadores a su cuenta solo podrán recibir el 50 por ciento de la pensión, como el resto de los trabajadores.

Cuantía de la jubilación activa

La cuantía de la pensión durante la jubilación activa será equivalente al 50% del importe resultante en el reconocimiento inicial, una vez aplicado, si procede, el límite máximo de pensión pública.

La pensión se revalorizará anualmente según lo establecido legalmente, pero se seguirá cobrando el 50% de la pensión mientras dure la situación de jubilación activa. Además, los pensionistas acogidos a la jubilación activa no podrán solicitar el complemento a mínimos mientras se compatibilice pensión y trabajo.

Como ya hemos indicado Aquí los autónomos tienen ventaja: aquellos accedan a la jubilación activa para realizar una actividad como trabajadores por cuenta propia y contraten a un trabajador para dicha actividad, podrán compatibilizar la actividad con el 100% de su pensión.

¿Cómo cotiza la jubilación activa?

Los empresarios y los trabajadores cotizarán a la Seguridad Social, pero a través de una cotización reducida. Sin embargo, a esta cotización inferior a la ordinaria, se le sumará una cotización de solidaridad del 8 %, no computable para futuras prestaciones o pensiones, que en los regímenes de trabajadores por cuenta ajena se distribuirá entre empresario y trabajador, corriendo a cargo del empresario el 6 % y del trabajador el 2%.

Del mismo modo, los autónomos tienen que seguir pagando sus cotizaciones a la Seguridad Social por estar en activo. En concreto, deberán seguir pagando por contingencias comunes y por un tipo especial de cotización de solidaridad.

Sobre el autor:

María Liébana

María Liébana es redactora especializada en temas de economía.

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