Pensiones

La pensión en la que se cobra siempre el 100% de la base reguladora

María Bonillo

Foto: Bigstock

Jueves 19 de octubre de 2023

4 minutos

Las pensiones por incapacidad permanente están destinadas a "cubrir la pérdida de rentas salariales"

La pensión en la que se cobra siempre el 100% de la base reguladora Foto: Bigstock
María Bonillo

Foto: Bigstock

Jueves 19 de octubre de 2023

4 minutos

La pensión por incapacidad permanente es una de las prestaciones que puede recibir una persona tras sufrir un accidente o enfermedad que le impida seguir desarrollando de forma normal o en su totalidad su trabajo. De esta forma, trata de "cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales". 

Dependiendo del nivel, podemos diferenciar entre la incapacidad permanente parcial, total, absoluta o de gran invalidez. Cabe tener en cuenta que no solo se podrán solicitar por enfermedad o lesión, también por trastorno de salud o por presentar limitaciones físicas graves y previsiblemente definitivas. 

La cuantía de estas prestaciones se fijará según la base reguladora que regía antes de padecer la incapacidad permanente. Sin embargo, una de las particularidades de esta prestación económica es que en uno de sus casos siempre se cobra el 100% de la base reguladora. 

Ranking de pensiones: el sistema español sigue en el puesto 26 por problemas de sostenibilidad

Incapacidad permanente absoluta

"Cada uno de estos grados en que se clasifica la incapacidad permanente dará derecho, en su caso, a la correspondiente prestación económica por incapacidad permanente", señalan desde la web de la Seguridad Social.

En primer lugar, se encuentra la incapacidad permanente parcial, que se aplica cuando el trabajador presenta una disminución no inferior al 33% de su rendimiento normal en su trabajo, sin que eso impida la realización de sus tareas. Por su parte, la incapacidad permanente total hace referencia a la no posibilidad del trabajador de realizar sus funciones, pero pudiendo dedicarse a otra profesión. 

La incapacidad permanente absoluta es aquella que "inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio", explican. La diferencia con la de gran invalidez reside en que esta última supone que el trabajador, por pérdidas anatómicas o funcionales, necesita la asistencia de otra persona para llevar a cabo las tareas más esenciales de su día a día.

En concreto, destaca la de incapacidad permanente absoluta, ya que se recibe el "100% de la base reguladora". Además, "está exenta de retención del Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)", así como la de gran invalidez y las de jubilación derivadas de ellas por cambio de denominación tras cumplir 65 años de edad.

Por otro lado, si la incapacidad se produce por accidente de trabajo o enfermedad profesional, "las pensiones se aumentarán, según la gravedad de la falta, de un 30% a un 50% cuando la lesión se produzca por máquinas, artefactos o en instalaciones, centros o lugares de trabajo que carezcan de los dispositivos de precaución reglamentarios, los tengan inutilizados o en malas condiciones, o cuando no se hayan observado las medidas de seguridad e higiene en el trabajo, o las elementales de salubridad o las de adecuación personal a cada trabajo, habida cuenta de sus características y de la edad, sexo y demás condiciones del trabajador". 

En cualquier caso, se deben reunir una serie de requisitos para acceder a esta prestación, como son: 

  • No tener la edad o reunir los requisitos necesarios para acceder a la pensión de jubilación contributiva, "siempre que la incapacidad derive de contingencias comunes", señalan. 
  • Estar afiliado o en situación de alta, asimilada a la de alta o en situación de no alta.
  • Si la incapacidad permanente deriva de enfermedad común o de accidente no laboral sin estar en situación de alta ni asimilada, contar con un periodo previo de cotización

Sobre el autor:

María Bonillo

María Bonillo

María Bonillo es licenciada en Comunicación Audiovisual y Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid. Escribe principalmente sobre temas de sociedad. También tiene experiencia en comunicación corporativa de empresas como OmnicomPRGroup y Pentación Espectáculos.

… saber más sobre el autor