Pensiones

Pensión de viudedad 2021: ¿Cómo se calcula y cuánto se cobra?

Ignacio Casanueva

Foto: BigStock

Domingo 10 de octubre de 2021

ACTUALIZADO : Domingo 10 de octubre de 2021 a las 7:44 H

3 minutos

El tipo de pareja o los años de relación son algunos factores que influyen en el acceso a esta ayuda

Pensión de viudedad: ¿cuánto me corresponde?
Ignacio Casanueva

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Domingo 10 de octubre de 2021

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Compartir durante años el día a día con nuestra pareja tiene reflejo en la economía que se mantiene entre las dos personas. Cuando una de estas nos deja, puede que esta situación, además de afectarnos emocionalmente, también lo haga en el plano económico.

En estas ocasiones existe la prestación contributiva de la pensión de viudedad. Este derecho no está extendido a todos los tipos de parejas. Existen matices que controlan el acceso de el viudo/a a esta ayuda. Por un lado, hay factores que afectan a la persona que ha fallecido, si los cumple, una parte del filtro que pone la Seguridad Social se pasaría. Estos son:

  • Estar dado de alta en el régimen general o en una situación asimilada
  • Haber percibiendo una pensión de jubilación contributiva, o tener derecho a ella pero no haberla percibido antes de fallecer
  • O tener una pensión por incapacidad permanente
  • O tener derecho a un subsidio por IT, riesgo durante embarazo, maternidad, paternidad o riesgo durante la lactancia.

Por parte de la pareja que solicita la pensión de viudedad, los requisitos son:

  • Ser cónyuge del fallecido y tener hijos en común.
  • Si no los hubiera, el matrimonio debe tener un año contando desde la fecha de fallecimiento.
  • Estar divorciado/a o separado/a ante un juez y durante ese tiempo tener una pensión compensatoria. Para el caso de separaciones o divorcios anteriores al 1 de enero de 2008 no hace falta ser acreedor de la pensión compensatoria si no han pasado diez años entre la separación y el fallecimiento, y además si existen hijos comunes, o tiene más de 50 años Y desde 2013 podrán tener esta pensión las personas mayores de 65 años que no tuvieran pensión complementaria ni otra pensión y cuyo matrimonio era mayor de 15 años.
  • Ser pareja del hecho, e inscrita en el registro correspondiente, al menos dos años antes del fallecimiento. Este tipo de parejas necesitarán además demostrar que han estado conviviendo de forma estable durante los 5 años anteriores (tiempo en el que ninguno de los dos estaba casado o separado de otra persona).
Matrimonio

¿Cuánto percibiré por esta pensión?

Al contrario que la pensión máxima o mínima, no existen unas cifras estipuladas. Por norma general, la pensión asciende al 52% de la base reguladora (aunque puede llegar hasta el 60%). Esta base será la misma que se utilizó para calcular la pensión de jubilación o incapacidad permanente de la persona que ha fallecido.

En los supuestos del 60% entran aquellas personas que son mayores de 65 años, no perciben otra pensión pública, no tienen ingresos por actividad laboral (ajena o propia), ni disponen de rentas de capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales o rentas de actividades económicas, superiores a 7.569,00 euros/año.

Sobre el autor:

Ignacio Casanueva

Ignacio Casanueva es redactor especializado en temas de tecnología y salud.

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