Plus por hijos en la pensión: qué requisitos tienes que cumplir para solicitarlo

Actualmente, hay dos sistemas diferentes con normativas distintas

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El conocido como plus por hijos permite aumentar la cuantía de determinadas pensiones contributivas, pero no todos los pensionistas pueden acceder a él. La Seguridad Social establece requisitos distintos según se trate del antiguo complemento por maternidad, aplicado a las pensiones reconocidas entre 2016 y febrero de 2021, o del actual complemento para la reducción de la brecha de género, vigente desde entonces. Conocer qué condiciones exige cada uno es clave para saber si existe derecho a solicitarlo.

Aunque se habla del plus por hijos como si fuera una única ayuda, lo cierto es que actualmente conviven dos sistemas diferentes que responden a normativas distintas y que exigen requisitos específicos para poder beneficiarse de ellos.

El primero es el complemento por maternidad, que estuvo en vigor entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021. Este complemento se aplicaba a las personas que accedieron a una pensión contributiva durante ese periodo y que habían tenido o adoptado dos o más hijos. Inicialmente, fue diseñado para mujeres pensionistas, con el objetivo de reconocer su aportación demográfica al sistema de la Seguridad Social y compensar las consecuencias que la maternidad podía haber tenido sobre su trayectoria profesional.

Sin embargo, diversas resoluciones judiciales modificaron el escenario. Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 2019 que consideró discriminatoria la exclusión de los hombres, muchos padres jubilados comenzaron a reclamar el complemento, siempre que cumplieran las condiciones establecidas y hubieran accedido a la pensión dentro del periodo de vigencia de esta normativa.

Por tanto, quienes aspiren a este complemento deben haber accedido a una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente entre enero de 2016 y febrero de 2021 y acreditar que tienen al menos dos hijos. La fecha de acceso a la pensión es uno de los elementos fundamentales para determinar si corresponde este sistema o el posterior.

Los requisitos del complemento por brecha de género

Plus por hijos en la pensión pasos para solicitarlo

 

A partir del 4 de febrero de 2021 entró en vigor el complemento para la reducción de la brecha de género, que sustituyó al anterior modelo. El objetivo ya no es únicamente reconocer la aportación demográfica, sino compensar el perjuicio que el nacimiento o adopción de hijos haya podido causar en la carrera laboral de uno de los progenitores.

En este caso, uno de los cambios más importantes es que basta con tener un hijo para poder solicitar el complemento. Además, pueden acceder tanto hombres como mujeres que sean beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.

No obstante, la Seguridad Social establece reglas específicas cuando ambos progenitores pueden tener derecho al complemento. Como norma general, solo uno de ellos puede percibirlo por cada hijo. La administración analiza las circunstancias de cada caso para determinar quién reúne las condiciones exigidas para recibir la ayuda.

También es importante tener en cuenta que este complemento únicamente puede reconocerse a quienes hayan accedido a la pensión a partir del 4 de febrero de 2021. Quienes se jubilaron con anterioridad deben analizar si les corresponde el antiguo complemento por maternidad o si pueden reclamarlo en virtud de la jurisprudencia existente.

Dos sistemas con un mismo objetivo

Aunque presentan diferencias relevantes en cuanto a requisitos, número de hijos exigido y forma de reconocimiento, tanto el complemento por maternidad como el complemento para la reducción de la brecha de género persiguen una finalidad común: compensar las consecuencias que la crianza de los hijos puede haber tenido sobre la vida laboral y la futura pensión de los progenitores.

Por ello, revisar la fecha de acceso a la pensión, el número de hijos y las circunstancias personales resulta fundamental para determinar qué complemento corresponde y si existe derecho a solicitarlo ante la Seguridad Social.