Pensiones

Los requisitos que tienen que cumplir los mayores de 52 años para cobrar la pensión de orfandad

Laura Moro

Foto: Bigstock

Miércoles 11 de junio de 2025

7 minutos

La ayuda se puede compatibilizar con un empleo

Los requisitos que tienen que cumplir los mayores de 52 años para cobrar la pensión de orfandad
Laura Moro

Foto: Bigstock

Miércoles 11 de junio de 2025

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La pensión de orfandad es una ayuda económica que concede la Seguridad Social a los hijos de la persona fallecida y a los aportados por su cónyuge, siempre y cuando cumplan con los requisitos que se exigen.

Lejos de lo que puede pensarse esta ayuda pueden recibirla también las personas mayores de 52 años que hayan dedicado su vida al cuidado de uno de sus padres y al fallecer del progenitor se quedaron sin ingresos.

Para poder recibir la pensión de orfandad pasados los 50 años, es necesario que la persona que quiere percibir la prestación haya convivido con su progenitor, como mínimo, durante los dos años anteriores a su muerte.

Si se cumplen estos requisitos, habrá que acreditar ante la Seguridad Social el certificado de empadronamiento y en algunos casos también, declaraciones de terceros, que certifiquen la convivencia y el cuidado.

 

Más requisitos

Como el objetivo de esta ayuda es paliar la falta de rentas, otra de las condiciones es que el solicitante no tenga ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que este año está situado en los 16.576 euros anuales. 

Esto no significa que la prestación no pueda compatibilizarse con un empleo, pero los ingresos de este trabajo no deben superar la cifra mencionada anteriormente. 

Y algo muy importante: la ayuda no se puede cobrar si ya se recibe una pensión contributiva o no contributiva

Los dos últimos requisitos es que el progenitor fallecido debe de estar dado de alta o asimilado al alta en el momento de su muerte, o haber estado percibiendo una pensión contributiva.

Y que el fallecido haya cotizado un mínimo de 15 años.

Cuantía

Sobre la cuantía, varía en función de la situación laboral del fallecido y la causa de la muerte.

La cuantía por perder a un progenitor será de 267,50 euros mensuales y en casos de orfandad absoluta, 930 euros al mes. 

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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