Movilidad

La carta de la DGT que puedes recibir antes de que acabe el año (y no es una multa)

Laura Moro

Foto: Bigstock

Miércoles 27 de diciembre de 2023

3 minutos

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Laura Moro

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Miércoles 27 de diciembre de 2023

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La Dirección General de Tráfico (DGT) envía a los conductores cartas certificadas por correo ordinario, y aunque normalmente solemos dar por hecho que son multas por haber cometido alguna infracción de tráfico como saltarse un semáforo o haber superado el límite de velocidad establecido, no siempre es así.

Recibir estas cartas es muy importante, y por eso hay que asegurarse de que la dirección que tiene el organismo es la correcta porque, en caso contrario, tendremos que pagar una multa de 80 euros a la DGT.

Si nuestros datos están actualizados, en estos últimos días del año puede que recibamos una de estas cartas. Tal y como ha explicado el organismo en alguna ocasión, envían cartas con información relevante, como por ejemplo que dentro de poco tendremos que renovar el carnet de conducir o aspectos relacionados con la seguridad de tu coche.

Sobre esto último, la DGT envía cartas para la supervisión de la seguridad de los vehículos, y aunque la revisión la hagan los fabricantes de dicho modelo, el organismo está involucrado. Estas llamadas a revisión son gratuitas, y por supuesto conviene cumplirlas lo antes posible para asegurarnos que nuestro vehículo es seguro y así evitar accidentes.

Los conductores que ya no reciben multas por correo ordinario

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Por otro lado, es relevante recordar que desde noviembre de 2022 algunos conductores reciben las notificaciones de multa a través del sistema electrónico de Tráfico, la DEV o Dirección Electrónica Vial. 

Para poder recibir esta notificación tienen que darse de alta en el sistema con certificado electrónico o DNI-e, y en el buzón personal del usuario encontrarán las sanciones.

El organismo ya ha avisado de este cambio, que comenzará a ser efectivo a partir de mes que viene. Eso sí, la DGT ha explicado que no todos los conductores se verán afectados por esta novedad.

Y es que esta vía solo afectará a las personas jurídicas (empresas, organizaciones y asociaciones), mientras que las particulares no se verán afectadas, aunque pueden utilizar la Dirección Electrónica Vial de forma voluntaria.

Con este cambio, las empresas tendrán que darse de alta obligatoriamente en la Dirección Electrónica Vial (DEV). Se puede acceder a ella a través de la electrónica de la DGT, y así se recibirá un correo electrónico cada vez que llegue una notificación.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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