Salud

Madrid prohíbe las reuniones de no convivientes entre las 00.00 y las 6.00 horas

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Viernes 23 de octubre de 2020

ACTUALIZADO : Viernes 23 de octubre de 2020 a las 12:40 H

5 minutos

Vuelve a implantar las zonas de salud

Madrid prohíbe las reuniones de no convivientes entre las 00.00 y las 6.00 horas
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La Comunidad de Madrid prohíbe reuniones en toda la región en espacios públicos y privados desde las 00.00 horas a las 6 de madrugada, a excepción de convivientes, y vuelve restringir la movilidad en 32 zonas básicas de salud (ZBS), que cuentan con una incidencia de coronavirus de 500 casos por 100.000 habitantes.

Estas son las medidas, anunciadas este viernes, en rueda de prensa telemática, por el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, el viceconsejero de Salud Pública, Antonio Zapatero, y la directora general de Salud Pública, Elena Andradas, que sustituirán a las que se venían aplicando con el estado de alarma.

"La Comunidad sigue adelante con su plan frente al Covid-19, que siempre se basa en criterios técnicos", ha subrayado el titular de Sanidad, quien no ha dejado de defender durante las últimas semanas que la estrategia del Gobierno regional estaba funcionando.

Así, las medidas que se aplicarán en toda la Comunidad de Madrid entrarán en vigor desde el mismo sábado y las que corresponden a las zonas básicas lo harán el lunes.

Ante semanas "complicadas", para toda la región se mantiene la limitación de reunión durante el día de seis personas "salvo que sean convivientes". Con respecto a la hostelería y la restauración se suspende el servicio de barra y en mesa se reduce el aforo al 50 por ciento y en terrazas al 75 por ciento.

Asimismo, en los salones de banquete se reduce el aforo al 50 por ciento. "No podrán abrir antes de las 6 horas y el cierre será a las 00 horas, no pudiendo admitir clientes admitir clientes desde las 23 horas", ha informado el consejero.

Los establecimientos comerciales no podrán iniciar la actividad antes de las 6 horas y deberán cerrar a las 22 horas, a excepción de los que presten servicios imprescindibles e inapalazables. El aforo permanece como hasta ahora, al 75 por ciento.

Por su parte, los cines, auditorios y teatros reducen su aforo al 50 por ciento, salvo salas multiusos polivalentes que quedan al 40 por ciento. También deberán cerrar a las 00 horas, al igual que las residencias y colegios mayores.

Las instalaciones deportivas al aire libre no podrán abrir antes de las 6 horas y deberán cerrar a las 00 horas. Mientras que en gimnasios se reduce el aforo a un 50 por ciento y a grupos de seis personas.

Los parques y jardines deberán cerrar también en el mismo horario al igual que los establecimientos de juegos y apuestas, donde además se reduce el aforo a un 50 por ciento. Asimismo, en las instalaciones funerarias se reduce el aforo al 50 por ciento así como en los lugares de culto.

MEDIDAS EN ZONAS BÁSICAS

En cuanto a las medidas que afectan a las 32 zonas básicas de salud, que se recogen en una nueva orden de la Consejería de Sanidad, se restringe la entrada y salida de estas zonas salvo para "aquellos desplazamiento adecuadamente justificados". Entre otras acciones, se podrá asistir a centros sanitarios, al trabajo o a centros educativos, para el retorno al lugar de residencia habitual o la asistencia y cuidado a mayores, menores o dependientes.

La circulación por carretera que transcurra o atraviese estas zonas estará permitida en el caso que tenga origen y destino fuera del mismo. Se permiten la circulación de personas residentes dentro de estos ámbitos territoriales "siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva".

Los establecimientos de restauración limitaran el aforo al 50 por ciento, en interior y exterior, y no está permitido el consumo en barra. Respecto al horario, no se podrá admitir clientes a partir de las 23 horas y tendrá como hora de cierre las 00 horas. Las mesas igualmente deberán guardan la distancia de 1,5 metros respecto a las sillas asignadas y la ocupación será de seis personas por mesa. Estas limitaciones también se aplican en los locales de juego y apuestas.

Todos los establecimientos comerciales no podrán superar el 50 por ciento del aforo permitido y tendrán como hora de cierre las 22 horas. Esto no se aplicará a los establecimientos esenciales, como los médicos y farmacéuticos.

La asistencia a lugares de culto no podrá superar un tercio de su aforo y deberá garantizar en todo caso la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros así como el uso de mascarilla. La asistencia a velatorios se limita a un máximo de 15 personas en espacios al aire o 10 en espacios cerrados, "sean o no sean convivientes".

La actividad que se realiza en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas se limita al 50 por ciento y podrá realizarse deporte en instalaciones interiores, al 50 por ciento del aforo, y en exteriores, del 60 por ciento.

AFECTADAS ÁREAS DE 12 MUNICIPIOS

Las áreas sanitarias con restricciones afectan a doce municipios de toda la región: Madrid capital, Collado Villalba, Guadarrama, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón, Parla, Colmenar Viejo, Morata de Tajuña, Torrejón de Ardoz, El Boalo, Villarejo de Salvanés y Colmenar de Oreja.

En Madrid capital las áreas restringidas pertenecen a nueve distritos:

  • Núñez Morgado (distrito de Charmartín)
  • Guzmán el Bueno (Chamberí)
  • San Andrés, San Cristóbal y El Espinillo (Villaverde)
  • Entrevías, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaíra, Rafael Alberti y Numancia (Puente de Vallecas)
  • Daroca (Ciudad Lineal)
  • Vinateros Torito, Pavones y Vandel (Moratalaz)
  • Puerta del Ángel (Latina)
  • Virgen de Begoña (Fuencarral-El Pardo)
  • Infanta Mercedes y Villaamil (Tetuán).

En el resto de municipios de la región:

  •  Collado Villalba Pueblo (Collado Villalba)
  • Guadarrama (Guadarrama)
  • Majadahonda (Majadahonda)
  • San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón)
  • San Blas y Pintores (Parla)
  • Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo)
  • Zona básica de Morata de Tajuña (Morata de Tajuña)
  • Las Fronteras y Brújulas (Torrejón de Ardoz).

En la zona básica de Manzanares el Real, que afecta a distintos municipios, se establecen las restricciones solo en El Boalo; en la de Villarejo de Salvanés, que también incluye distintas localidades, las medidas son solo para el municipio de Villarejo de Salvanés; e igualmente en la zona básica de salud de Colmenar de Oreja, con varios municipios, las limitaciones se aplican a Colmenar de Oreja.

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