Sociedad

Diferencias entre separación y divorcio: todo lo que necesitas saber desde el punto de vista legal

Paula Peñaranda

Domingo 29 de junio de 2025

5 minutos

Legálitas lanza un manual que resuelve dudas sobre custodia, vivienda y herencias

Diferencias entre separación y divorcio: todo lo que necesitas saber desde el punto de vista legal
Paula Peñaranda

Domingo 29 de junio de 2025

5 minutos

Legálitas es la legaltech española líder en asesoramiento jurídico para familias, autónomos y pymes. Para resolver todas las dudas que uno tenga respecto al divorcio o a la separación han creado un Manual de Supervivencia Jurídica sobre el divorcio y la separación, que puedes consultar aquí.

Diferencia entre separación y divorcio

La separación implica el cese efectivo de la convivencia de ambos cónyuges y, por lo tanto, tendrá consecuencias tanto patrimoniales, como personales. Para que la separación tenga efectos legales se requiere su declaración mediante una sentencia judicial, o escritura pública notarial, cosa que no pasa con la separación de hecho, en la que tan solo se produce el cese de la convivencia de los cónyuges, pero sin producirse los efectos legales frente a terceros. No obstante, según la jurisprudencia una separación de hecho prolongada si puede dar lugar a que se entienda que la sociedad de gananciales ha quedado disuelta.

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Fuente: BigStock.

 

El divorcio es la institución jurídica que, a instancia de los cónyuges y mediante sentencia judicial o escritura pública notarial, permite la disolución del matrimonio. A diferencia de la separación, el divorcio supone la posibilidad de que los que eran cónyuges vuelvan a contraer matrimonio tanto con otras personas, como entre sí.

  • La separación no pone fin al matrimonio, no disuelve el vínculo matrimonial, el divorcio sí, se obtiene mediante sentencia judicial y produce efectos frente a terceros desde la sentencia.
  • Tras el divorcio, los cónyuges pueden volver a contraer matrimonio entre sí o con otras personas. No ocurre con la separación, pues el vínculo matrimonial sigue vigente.
  • Tanto el divorcio como la separación legal impiden que el otro cónyuge herede abintestato (si no hay testamento), y que tenga derecho a la legítima. Según el código civil, la separación de hecho también priva al cónyuge de sus derechos hereditarios en su artículo 834. 
  • Tanto la sentencia de separación como la de divorcio recoge las medidas respecto al cuidado de los hijos: guarda y custodia, régimen de visitas, comunicación y estancia, ejercicio de la patria potestad, gastos de mantenimiento de estos, la disolución del régimen económico del matrimonio, el uso de la vivienda, etc. (artículo 81 y 85 del Código Civil).

¿Qué ocurre al interponer la demanda de separación o divorcio?

Por la simple acción de presentar la demanda, de manera automática, una vez admitida y según el artículo 102 del Código Civil, se producen los siguientes efectos:

  • Los cónyuges podrán vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal.
  • Quedan revocados los consentimientos y los poderes que cualquiera de las y los cónyuges hubiere otorgado a favor del otro u otra.
  • Así mismo, salvo pacto en contrario, cesa la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

Medidas a adoptar en el proceso de separación o divorcio

Durante el proceso de separación o divorcio son muchos los aspectos a tener en cuenta, y que deben estar regulados:

  • Patria potestad de los hijos menores.
  • Guarda y custodia de los hijos menores.
  • Régimen de visitas y comunicaciones con los hijos menores.
  • Régimen de visitas y comunicación de los nietos con los abuelos.
  • Destino de los animales de compañía, reparto de tiempos, cuidados y cargas.
  • Uso de la vivienda y ajuar familiar.
  • Pensión de alimentos a favor de los hijos comunes.
  • Pensión compensatoria.
  • Pensión regulada en el artículo 1438 del Código Civil en el régimen de separación de bienes.
  • Contribución a las cargas del matrimonio.

Tipos de divorcio

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Fuente: BigStock.

 

Hay que tener en cuenta que en un proceso de divorcio existen dos tipos de procedimientos diferentes. Por un lado, el “Divorcio de mutuo acuerdo”. Mucho más rápido, sencillo y económico, puesto que permite que ambos cónyuges actúen representados por el mismo procurador y sean también defendidos por el mismo abogado, ello no implica que cada uno no pueda ir acompañado con su propio abogado para negociar las cláusulas del convenio regulador. Este tipo de divorcio puede ser notarial o judicial. En ambos casos los cónyuges deben firmar un convenio regulador donde figuren los acuerdos a los que han llegado sobre los efectos que producirá su separación o divorcio.

Por otro lado, existe el “Divorcio contencioso” en este tipo de procedimiento la demanda es presentada por cada uno de los cónyuges y en ella será necesario indicar las medidas que deban adoptarse respecto de la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas, las pensiones alimenticia y compensatoria y el uso de la vivienda familiar, a fin de que sean establecidas por el juez en la sentencia que decrete el divorcio. Es un procedimiento más largo, complicado y costoso, puesto que exige la realización de más trámites y una la celebración de vista judicial. Además, no es posible acudir con un sólo abogado y un sólo procurador, sino que cada uno de los cónyuges debe acudir con los suyos propios.

La sentencia de separación o divorcio produce, como efecto automático, la disolución del régimen económico vigente en el matrimonio, quedando relegada, para un posterior procedimiento la liquidación de aquellos bienes adquiridos durante la vigencia del matrimonio. Sin embargo, si el divorcio es de mutuo acuerdo, se pueden liquidar ya los gananciales en el propio convenio regulador.

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Paula Peñaranda

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