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¿Qué son los días de cortesía de Hacienda? Requisitos y cómo se solicitan

María Liébana

Lunes 25 de agosto de 2025

3 minutos

El 65,74% de autónomos y pymes optan por esta opción, según Legálitas Negocios

¿Qué son los días de cortesía de Hacienda? Requisitos y cómo se solicitan
María Liébana

Lunes 25 de agosto de 2025

3 minutos

El 65% de los pequeños empresarios solicita días de cortesía en agosto para tener vacaciones

 

Los días de cortesía de la Agencia Tributaria son una herramienta práctica, gratuita y poco conocida que ofrece un respiro fiscal a autónomos y empresas. Permiten a los solicitantes bloquear hasta 30 días naturales al año en los que no recibirán ninguna notificación fiscal ni requerimiento electrónico de Hacienda. Esto evita que los plazos para responder o enviar documentación venzan mientras la persona está de vacaciones, fuera o desconectada.

Según un análisis de Legálitas Negocios, el 65,74% de autónomos y pymes optan por esta opción, siendo el mes de agosto el más elegido para poder disfrutar de las vacaciones. Esta herramienta permite a los empresarios ganar tiempo para organizarse sin perder plazos ni olvidarse de notificaciones, y no tiene efectos negativos sobre las obligaciones fiscales.

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Requisitos para solicitarlos

  • Este derecho está disponible para todos los autónomos y profesionales dados de alta en el sistema de notificaciones electrónicas obligatorias de la Agencia Tributaria.
  • También pueden solicitarlos empresas, sociedades mercantiles y personas jurídicas inscritas en el sistema de Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú).
  • Se pueden solicitar hasta 30 días naturales por año natural.
  • Los días no tienen por qué ser consecutivos.
  • Deben ser solicitados con al menos 7 días de antelación.
  • Una vez seleccionados, no se pueden modificar.
  • Durante estos días, el procedimiento fiscal no se paraliza, pero el plazo para contestar no empieza a contar hasta el primer día hábil no bloqueado, que es cuando se entiende realizada la notificación.

¿Cómo se solicitan esos días de cortesía?

Se solicitan a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria y se puede acceder mediante la sección “Mis notificaciones” o buscando directamente “días de cortesía”. En cualquier caso, será necesario identificarse utilizando un certificado digital, DNI electrónico, clave PIN o clave permanente.

Una vez dentro del sistema, se deben seleccionar los 30 días naturales que se desean reservar como días de cortesía.

Otro punto importante es que es crucial marcarlos correctamente, ya que no se pueden modificar posteriormente.

Si una asesoría o un apoderado gestiona las notificaciones electrónicas, pueden solicitar los días de cortesía en nombre del representado, siempre que estén dados de alta como representantes autorizados en el sistema.

Sobre el autor:

María Liébana

María Liébana es redactora especializada en temas de economía.

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