Economía

El Congreso da luz verde a la ley para que los mutualistas cobren sus devoluciones en un solo pago

Beatriz Torija

Martes 10 de junio de 2025

ACTUALIZADO : Martes 10 de junio de 2025 a las 12:46 H

5 minutos

La norma pasa ahora al Senado, que tiene un plazo de 20 días para su aprobación definitiva

Hacienda no paga a los mutualistas jubilados ni un año ni cuatro: tiene paralizadas las devoluciones. Foto: europapress
Beatriz Torija

Martes 10 de junio de 2025

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El cambio normativo necesario para que los mutualistas jubilados pendientes de las devoluciones de IRPF que les corresponden de los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022 cobre de una sola vez, y no tan solo las relativas al 2019… está a punto de ver la luz. Este martes día 10 de junio, ha superado otro importante escollo.

La Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital del Congreso de los Diputados ha aprobado la norma con competencia legislativa plena.

En concreto, ha aprobado el Proyecto de Ley por el que se modifican el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, y la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

En la votación, PSOE, Sumar, PNV, Bildu, ERC y BNG se han posicionado a favor, mientras que PP y Junts se han abstenido y Vox ha votado en contra.

La enmienda número 27, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista a la citada ley es la que propone modificar “la disposición final décima sexta de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, relativo a la tramitación a seguir por la Agencia Tributaria para determinar la procedencia y, en su caso, practicar las devoluciones derivadas de la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo” en relación con los períodos impositivos 2019 y anteriores no prescritos así como 2020 a 2022.

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Sigientes pasos

La aprobación con competencia legislativa plena en las Cortes Generales implica que la comisión, en este caso la de Economía, pueda aprobar una ley sin la necesidad de que pase al Pleno para su debate y votación. 

Así, el proyecto de Ley pasa así al Senado, que dispone ahora de 20 dias -como máximo- para dar luz verde definitiva. Y esto gracias a que la tramitación del proyecto de ley va por la vía de urgencia, de haber sido tramitado por la vía ordinaria, el plazo sería de dos meses.

Pese a ello, y con estos 20 días de plazo, nos colocamos ya en el último día hábil de junio, lunes día 30 como plazo máximo. Precisamente, el mismo día en que termina el calendario de la Renta.

Devoluciones paralizadas a la espera

A la espera de que ese cambio normativo quede definitivamente aprobado por el Senado, momento en el que ya se podrían practicar las devoluciones de una sola vez, este mismo año, Hacienda mantiene, por el momento, todo pago paralizados.

Cuando comenzó la campaña de la Renta, el pasado día 2 de abril, y apenas unos días después de que la Ministra de Hacienda, María Jesús Montero anunciara su rectificación para con los mutualistas, se habilitaba el formulario que la Agencia Tributaria tenía preparado para solicitar la devolución de solo un año (2019).  Los mutualistas tienen que solicitar de nuevo la devolución, y solo una vez que se aprueba el cambio normativo, con ese formulario, se podrán devolver todos los años adeudados (de 2019 a 2022).

Pero, lo que los mutualistas están pidiendo ahora mismo es la devolución de un año. Y por eso, Hacienda no va a realizar la devolución, hasta que no esté aprobado el cambio normativo definitivamente. Algo que, para los Anatolio Díez, Secretario General de la Federación de Pensionistas y Jubilados de UGT-UJP y miembro del Comité Asesor de 65YMÁS es lógico. “Yo entiendo que no hagan la devolución ahora, esperando precisamente a que salga la ley, y así no tener que andar haciendo después ninguna complementaria ni ninguna reclamación nueva ni nada por el estilo que suponga más problemas y trámites para los mutualistas” ha dicho a este diario.

Aprobado también eximir de IRPF al SMI

La ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos de motor, además de la enmienda para la devolución a los mutualistas, también contaba con otra enmienda, introducida por PSOE, Sumar y el BNG, para  eximir de IRPF a los perceptores del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y que, por tanto, también ha quedado aprobada.

La reforma supone aplicar nuevas deducciones para los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo, derivados de la prestación efectiva de servicios correspondientes a una relación laboral o estatuaria, inferiores a 18.276 euros.

La deducción será de 340 euros anuales cuando los rendimientos sean inferiores al SMI de 16.576 euros y se rebajará ligeramente hasta los 18.276 euros. En concreto, habría que restar a esos 340 euros el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre los rendimientos íntegros del trabajo y 16.576 euros anuales.

La ley establece que el importe de la deducción prevista en este apartado no podrá exceder de la parte de la suma de las cuotas íntegras estatal y autonómica que proporcionalmente corresponda a los rendimientos netos del trabajo. El coste de las deducciones será asumido exclusivamente por el Estado.

Por otro lado, el texto incorpora una disposición adicional pactada entre PSOE, Sumar y ERC para recoger el compromiso del Gobierno a hacer efectiva la actualización de las entregas a cuenta y de las referencias relativas a la participación de las entidades locales en los tributos del Estado correspondientes a 2025.

Sobre el autor:

Beatriz Torija

Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.

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