Economía familiar

Renta 2022-2023: cómo solicitar cita previa para hacer la declaración por teléfono

María Bonillo

Foto: Europa Press

Jueves 4 de mayo de 2023

7 minutos

El plan 'Le Llamamos' permitió confeccionar la pasada campaña más de 1.076.000 declaraciones

Renta 2022-2023: cómo solicitar cita previa para hacer la declaración por teléfono. Foto: Europa Press
María Bonillo

Foto: Europa Press

Jueves 4 de mayo de 2023

7 minutos

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2022, correspondiente a los ingresos obtenidos ese año, arrancaba el pasado 11 de abril con la presentación de las declaraciones por Internet, de acuerdo con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria, según el cual, a partir del próximo viernes 5 de mayo, la declaración del IRPF y de Patrimonio se podrá presentar de forma telefónica, hasta el 30 de junio. 

De forma ordinaria, la Campaña de la Renta se prolongará entre el 1 y el 30 de junio. En ese mismo periodo, los contribuyentes podrán presentar su declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria. El plazo de presentación de esta Campaña finalizará el 30 de junio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 27 de junio.

De esta forma, hasta el último día los contribuyentes tendrán tiempo para presentar sus declaraciones a través de la vía que prefieran, ya sea de forma online, presencial o telefónica, siguiendo las fechas establecidas para cada modalidad, también para pedir las correspondientes citas previas.

 

¿Cómo se tramita la declaración de la renta de una persona que ha fallecido?

 

En el caso de que queramos presentar la declaración de forma telefónica, es posible solicitar cita previa desde este miércoles 3 de mayo hasta el 29 de junio. Para hacerlo de forma presencial, será posible solicitar cita previa a partir del próximo 25 de mayo y hasta el 29 de junio también. ¿Cómo? Hay tres formas de solicitarlas, según indica la Agencia Tributaria en su página web: 

  • Por Internet: con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia.
  • A través de la aplicación de la Agencia Tributaria ("Agencia Tributaria"). 
  • Por teléfono con atención personal al 91 553 00 71 o 901 22 33 44, en horario de lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 horas. O por teléfono automático a los números 91 535 73 26 o 901 12 12 24 (solo para pedir cita para realizar la declaración de forma telefónica, no presencial).

En el caso de que ya tengamos nuestra cita solicitada y asignada, si queremos anularla, podremos hacerlo a través de estos mismos canales.

Plan 'Le llamamos'

Este año, los contribuyentes menos habituados a las nuevas tecnologías que requieran asistencia personalizada volverán a contar con una potente alternativa a la asistencia presencial en oficinas, pudiendo acelerar la presentación y, con ello, la eventual devolución que corresponda, con el plan Le Llamamos de confección de declaraciones por teléfono.

En esta campaña, el plan Le Llamamos de confección de declaraciones por teléfono mantendrá la capacidad reforzada de los últimos años, que en la pasada campaña permitió confeccionar más de 1.076.000 declaraciones y siguió siendo la vía principal de asistencia personalizada al contribuyente, en la presente campaña se mantiene su calendario de funcionamiento.

Funciona de la siguiente forma: una vez que el contribuyente pide cita y elige horario de mañana o de tarde, el sistema le propone un día y una hora en la que recibirá la llamada de la Agencia Tributaria. "En favor de la propia agilidad del servicio, resulta muy conveniente que el contribuyente tenga disponible la información y documentación necesaria para realizar la declaración cuando le llame la Agencia", aconsejan desde el organismo.

En esta Campaña, la Agencia Tributaria prevé ingresar 16.448 millones de euros, un 5,6% más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver caerá un 2,4%, hasta los 9.946 millones.

 

Renta 2022-2023: cómo descargar el borrador de la declaración paso a paso. Foto: Europa Press

Novedades para la Renta 2022

Algunas novedades que deberemos tener en cuenta para esta campaña, son la aportación individual máxima a los planes de pensiones privados con derecho a deducción en el IRPF, que pasa a 1.500 euros anuales, si el total de aportaciones no sobrepasa el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades profesionales. En caso de aportar por encima de esos límites, no será posible recortar el exceso de la base imponible, y además nos arriesgamos a una sanción. 

Por su parte, las aportaciones máximas a los planes de empresa con derecho a deducción suben a los 8.500 euros para 2022, igualmente, siempre que las aportaciones totales se mantengan debajo del 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas del partícipe. También se incluyen en este límite las aportaciones del trabajador a ese mismo plan, por un importe igual o inferior a la respectiva contribución empresarial. Entre ambas, la aportación total con beneficios fiscales se mantiene en 10.000 euros anuales.

También hay que recordar la rebaja del IRPF para las rentas hasta 21.000 euros, el aumento del mínimo exento del impuesto hasta los 15.000 euros y el incremento del gravamen de las rentas del ahorro a partir de 200.000 euros, unas medidas que no tendrán efectos en la declaración de la renta de este año, sino en la del próximo. Aunque sí tendrán efecto las modificaciones de las escalas del gravamen del IRPF aprobadas con efectos retroactivos para 2022 por algunas comunidades autónomas, con el objetivo de paliar la subida de precios registrada a lo largo del año.

Por su parte, el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas se configura como un impuesto complementario del Impuesto sobre el Patrimonio, de carácter estatal, no susceptible de cesión a las comunidades autónomas, para gravar con una cuota adicional los patrimonios de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 de euros.

También se presentarán, por primera vez, los modelos para los gravámenes temporales a energéticas y entidades financieras, así como el modelo 592 del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables y el modelo 593 del impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.

En el caso de actividades económicas en estimación objetiva, la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos se aumenta del 5% al 15% para el período impositivo 2022, medida aplicable a todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad económica con arreglo a este método.

Mientras que, para las actividades agrícolas y ganaderas, con la finalidad de compensar el incremento del coste de determinados insumos, el rendimiento neto previo podrá minorarse en el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola y en el 15% del precio de adquisición de los fertilizantes, en ambos casos, necesarios para el desarrollo de dichas actividades.

Asimismo, también se van a aplicar en el período impositivo 2022, los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica.

Además, los contribuyentes que desarrollen sus actividades económicas en la isla de La Palma, podrán reducir su rendimiento neto de módulos en un 20%, debido a las erupciones volcánicas, reducción que se aplicará tanto en 2022 como en 2023.

Sobre el autor:

María Bonillo

María Bonillo

María Bonillo es licenciada en Comunicación Audiovisual y Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid. Escribe principalmente sobre temas de sociedad. También tiene experiencia en comunicación corporativa de empresas como OmnicomPRGroup y Pentación Espectáculos.

… saber más sobre el autor