La recaudación del IRPF: progresividad en frío y redistribución baja
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) presentó recientemente el balance de la campaña de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio fiscal 2025. La cifra que abrió los titulares —24.721 millones de euros ingresados, casi un 20% más que un año antes— sintetiza un resultado más amplio: récord de declaraciones presentadas y récord de declarantes con cuota a ingresar.
Lecturas contrapuestas de los datos
Un dato de esta naturaleza admite dos lecturas contrapuestas. La primera, la oficial, lo interpreta como expresión del dinamismo de la economía y del empleo: el PIB real creció un 2,8% en 2025, el mayor avance de la eurozona, con la ocupación rozando los 22 millones de personas y la tasa de paro por debajo del 10%.
La segunda, sostenida por buena parte de la academia y de los propios técnicos de Hacienda, subraya que una fracción relevante del incremento no procede de mayor renta real, sino de la interacción entre inflación y una tarifa cuyo tramo estatal no se actualiza desde 2015.
Dirimir el peso relativo de ambas explicaciones exige el análisis de los mismos.
Los factores explicativos del récord recaudatorio
La propia AEAT y la noticia identifican tres motores del incremento: la no deflactación de la tarifa, el aumento del número de declarantes vinculado al empleo y el crecimiento de las rentas no sujetas a retención y las ganancias patrimoniales, a los que cabe añadir los cambios normativos y de gestión del ejercicio.
1º. La no deflactación de la tarifa: progresividad en frío
El tramo estatal del IRPF no se actualiza a la inflación desde 2015. Las deflactaciones estatales han sido históricamente excepcionales: la de 1998 y las de 2005 y 2007. España carece, a diferencia de Francia, de un mecanismo legal automático de indexación de la tarifa, y aunque varias comunidades autónomas —Madrid, Andalucía o Galicia, entre otras— han deflactado parcialmente su tramo autonómico entre 2022 y 2024, el efecto agregado ha sido limitado porque el grueso de la carga se determina en el tramo estatal.
La magnitud acumulada del fenómeno no es menor. FEDEA estima que, para una familia tipo de cuatro miembros con ingresos brutos de 50.000 euros, la no actualización de tramos, mínimos y deducciones frente a una inflación acumulada cercana al 27% desde 2015 se ha traducido en una cuota un 30% superior a la que resultaría de una tarifa deflactada, «una subida muy significativa del impuesto por un procedimiento poco transparente para los ciudadanos».
El mecanismo opera así: los convenios colectivos incorporaron en 2025 subidas salariales dirigidas a compensar la inflación pasada; esas subidas, nominales en su mayor parte, elevaron las bases imponibles y desplazaron a millones de contribuyentes hacia tipos marginales superiores; el resultado es un crecimiento de la cuota diferencial muy superior al de la renta real.
2º. El mercado de trabajo como base imponible en expansión
El segundo factor es real. El ejercicio 2025 cerró con la ocupación próxima a los 22 millones de personas y la tasa de paro por debajo del 10% por primera vez desde 2007, en línea con los datos de la EPA. La incorporación de nuevos trabajadores —de forma destacada, trabajadores extranjeros, que representan ya en torno al 14% de la población ocupada frente al 2,5% del año 2000— amplía mecánicamente el censo de declarantes: las declaraciones con cuota a ingresar crecieron un 7,8%. La variable que articula esta transmisión es la tasa de asalarización (asalariados sobre ocupados), dado que las retenciones sobre rendimientos del trabajo constituyen, según el informe anual de la AEAT, el componente que más aportó al crecimiento del impuesto junto con el resultado bruto de la declaración anual.
La tasa de actividad española (en torno al 58,5%) sigue muy por debajo de la media comunitaria (≈72%); los trabajadores extranjeros perciben retribuciones medias sensiblemente inferiores (17.000 euros frente a 22.000 de los nacionales), lo que limita su aportación por contribuyente aun siendo decisiva en agregado; y la economía sumergida, que los técnicos del Ministerio de Hacienda estiman en torno al 18% del PIB, mantiene fuera del impuesto una fracción relevante de la renta generada. La fortaleza del empleo explica, en suma, una parte genuinamente real del récord, pero no su desproporción respecto al crecimiento de la renta.
3º. Cambios normativos
El tercer bloque es institucional. La AEAT cifra en 7.820 millones el impacto recaudatorio de los cambios normativos y de gestión en 2025
La progresividad del IRPF construida con altos costes y bajos rendimiento redistributivo
La crítica al IRPF español no es a la progresividad como principio —que la Constitución consagra y la teoría justifica—, sino a la forma concreta en que está construida, que consigue lo más difícil: combinar costes de eficiencia elevados con una capacidad redistributiva efectiva sorprendentemente baja. Cuatro rasgos sustentan este juicio.
Primero, la progresividad opera sobre una tarifa nominalmente congelada. Unos tramos diseñados en 2015 para discriminar entre niveles de renta de 2015 gravan hoy, tras una inflación acumulada cercana al 27%, a contribuyentes cuya posición real en la distribución es muy inferior a la que la tarifa les presume: tipos marginales concebidos para rentas medias-altas alcanzan hoy a rentas medias, y los concebidos para rentas medias, a rentas modestas. La progresividad en frío no es, en este sentido, un accidente coyuntural sino una redefinición silenciosa —y regresiva dentro de la propia tarifa— de a quién se considera rico a efectos fiscales.
Segundo, la estructura genera tipos marginales efectivos que la teoría desaconseja.
Tercero, el impuesto es dual y la dualidad penaliza al trabajo. Mientras la base general soporta la escala progresiva completa, las rentas del ahorro tributan a una escala separada cuyo tipo máximo, incluso tras la subida de 2025, es del 30% para bases superiores a 300.000 euros —muy inferior a los marginales máximos de la base general—. La justificación técnica de la dualidad (movilidad del capital, neutralidad frente a la inflación) es conocida, pero su consecuencia distributiva es que la progresividad formal del impuesto se ejerce sobre la renta menos móvil y más fiscalizada —el salario— mientras las rentas altas con capacidad de transformar renta laboral en renta del capital o societaria acceden a tipos sensiblemente menores. La progresividad resultante es, en la práctica, una progresividad sobre los asalariados.
Cuarto, y como consecuencia de todo lo anterior, el rendimiento redistributivo efectivo es exiguo. Según los datos de FEDEA —pese a ser «el sistema redistributivo más potente con el que cuenta el sistema español»— reduce la desigualdad en apenas un 4,3%; el Impuesto sobre Sociedades en un 0,8%; el de Patrimonio en un 0,02%; y el conjunto de la imposición, lastrado por la regresividad de la indirecta, en torno a un 4%. El examen del sistema impositivo desde la óptica redistributiva resulta «un auténtico bochorno».
Implicaciones distributivas ¿recaudar más es distribuir mejor?
El resultado empírico central para responder a esta pregunta es que en España el efecto redistributivo del sistema descansa abrumadoramente en el gasto. Las pensiones, las prestaciones por desempleo y el resto de transferencias son responsables del 72% de la corrección total de la desigualdad; el gasto público en sanidad y educación —que representa en torno a la mitad de la renta de los hogares más pobres y menos del 4% de la de los más ricos— la corrige en un 24%; y los impuestos en torno a un 4%.
El contexto distributivo hace la cuestión todo menos retórica. Más de 13 millones de personas —el 28% de la población— se encuentran en riesgo de pobreza o exclusión social, según el indicador AROPE; que casi cinco millones viven en pobreza severa; que el índice de Gini español supera en 2,9 puntos la media comunitaria, situando a España como sexto país más desigual de la UE; y que tener hijos constituye un factor de riesgo de pobreza, con las familias monoparentales como colectivo más expuesto. En este marco, instrumentos como la nueva deducción por SMI o el ingreso mínimo vital operan en la dirección correcta, pero su escala es modesta frente a la de los mecanismos generales de gasto.
Existe además una dimensión distributiva interna al propio mecanismo recaudatorio que merece subrayarse. La progresividad en frío no reparte su carga de forma uniforme: incide proporcionalmente más sobre las rentas medias y medias-bajas del trabajo, cuyos incrementos salariales son esencialmente compensatorios de la inflación y cuyo margen de planificación fiscal es nulo, mientras que las rentas altas y las rentas del capital disponen de mayor capacidad de optimización y de diferimiento. La conclusión es incómoda pero difícil de eludir: el grueso del esfuerzo recaudatorio adicional de 2025 lo han soportado los asalariados medios por la vía directa y los hogares de renta baja por la vía indirecta.
Conclusiones
Primera. El aumento de la recaudación del IRPF-2025 —24.721 millones ingresados (+19,7%), saldo neto de 10.632 millones (+53%)— es en proporción sustancial un fenómeno nominal. Con un PIB real creciendo al 2,8% y el nominal al 5,8%, una cuota diferencial que crece al 19,7% solo se explica por la combinación de rémora fiscal —tipo medio efectivo en aumento por la no deflactación de una tarifa estatal congelada desde 2015— con la ampliación real de la base de declarantes.
Segunda. La parte genuinamente real del récord procede del mercado de trabajo: ocupación próxima a 22 millones, paro por debajo del 10% por primera vez desde 2007 y una aportación decisiva del empleo inmigrante. Sus límites —tasa de actividad inferior a la media europea, menores salarios relativos de los nuevos entrantes y una economía sumergida estimada en el 18% del PIB— acotan el recorrido futuro de esta vía de ensanchamiento de las bases.
Tercera. El IRPF presenta una progresividad mal construida: tramos congelados que redefinen silenciosamente quién es rico a efectos fiscales, marginales efectivos elevados sobre el factor trabajo, dualidad que favorece a las rentas del capital y, pese a todo ello, una corrección de la desigualdad de apenas el 4,3%. El sistema combina costes de eficiencia altos con rendimiento redistributivo bajo, la configuración exactamente inversa a la que recomienda el diseño tributario contemporáneo.
Cuarta. En términos distributivos, recaudar más no equivale a redistribuir mejor: la corrección de la desigualdad descansa en un 72% en las transferencias y en un 24% en el gasto sanitario y educativo, frente al 4% atribuible al conjunto de los impuestos. El valor redistributivo del récord dependerá del destino de los fondos en un país con el 28% de su población en riesgo de pobreza o exclusión y el sexto índice de Gini más alto de la UE.
