Herencias: el Supremo cambia la forma de repartir los bienes cuando fallece un heredero

Modifica la doctrina que venía aplicándose desde 2013

Herencias: el Supremo cambia la forma de repartir los bienes cuando fallece un heredero Miia

Las herencias pueden complicarse cuando los fallecimientos se suceden dentro de una misma familia. Si una persona muere sin haber aceptado la herencia de sus padres o de su cónyuge, ¿qué ocurre con esos bienes? ¿Deben tenerse en cuenta para calcular lo que corresponde a la viuda o al viudo? El Tribunal Supremo acaba de responder a estas preguntas con una sentencia que cambia las reglas aplicadas durante los últimos trece años.

La resolución, dictada por el Pleno de la Sala Civil el pasado 3 de junio, modifica la doctrina que venía aplicándose desde 2013 sobre el denominado derecho de transmisión y refuerza la protección de los cónyuges viudos en los repartos hereditarios.

Todo comenzó cuando una registradora de la propiedad se negó a inscribir una finca heredada porque en la escritura de partición no había intervenido la viuda de uno de los herederos fallecidos.

Los familiares defendían que no era necesaria su presencia porque, según la doctrina fijada por el propio Supremo en 2013, los bienes procedían directamente de la primera causante y nunca llegaron a integrarse en el patrimonio de su marido.

 

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Sin embargo, la registradora sostuvo lo contrario: que esos derechos hereditarios sí debían tenerse en cuenta para calcular la parte que correspondía legalmente a la viuda. El asunto acabó llegando al Tribunal Supremo, que ha terminado dando la razón a la registradora.

Un cambio de rumbo después de trece años

Hasta ahora se venía aplicando la llamada teoría moderna, según la cual los herederos que reciben el denominado ius transmissionis suceden directamente al primer fallecido. Con la nueva sentencia, el Supremo recupera la denominada teoría clásica o de la doble transmisión. Es decir, cuando una persona fallece sin haber aceptado una herencia, ese derecho a aceptarla no desaparece ni queda en el aire. Pasa a formar parte de su propia herencia y se transmite junto al resto de su patrimonio a sus herederos.

¿Qué significa para las familias?

La principal consecuencia práctica afecta a viudos y viudas. Si esos derechos hereditarios forman parte de la herencia del cónyuge fallecido, también deben tenerse en cuenta para calcular la legítima y la cuota legal usufructuaria que les corresponde por ley.

En otras palabras, el patrimonio sobre el que se determinan sus derechos puede ser mayor que el que se venía considerando hasta ahora.

Por ello, el Supremo concluye que la viuda del caso debía intervenir necesariamente en la partición de la herencia, ya que sus derechos podían verse afectados directamente por el reparto.

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