Economía

Así quedan los subsidios de desempleo tras el decreto del Gobierno

Pepa Montero

Miércoles 13 de marzo de 2019

ACTUALIZADO : Miércoles 13 de marzo de 2019 a las 16:53 H

5 minutos

Los parados entre 45 y 52 años pueden lograr hasta 30 meses de ayuda

Las ministras portavoz y de Trabajo, tras la reunión del Consejo de Ministros.
Pepa Montero

Miércoles 13 de marzo de 2019

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El Gobierno recupera el subsidio para mayores de 52 años

 

Existen principalmente tres grandes tipos de subsidios que se pueden solicitar como desempleado y cuyos perceptores son en muchos casos parados de larga duración con edades que rondan y/o superan los 50 años. El más conocido quizá sea el subsidio para mayores de 52 años, que el Gobierno acaba de aprobar por decreto; pero existe también un subsidio por agotamiento de la prestación contributiva y otro por pérdida de empleo, más otros tres de menor entidad que el Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe) engloba en el epígrafe "otros subsidios", y el denominado subsidio extraordinario por desempleo (SED). 

Todos ellos se pueden solicitar online en la web del Sepe o físicamente, en la oficina de prestaciones, para lo cual es preciso pedir cita previa. 

Requisitos comunes

-No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.

-Estar inscrito como demandante de empleo, mantener la inscripción todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.

-No tener ingresos brutos propios mensuales de más del 75% del SMI (Salario Mínimo Interprofesional).

Cuantía

-El 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), vigente en cada momento.

-En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial, dicha cuantía será en proporción a las horas trabajadas.

1. Agotamiento de prestación contributiva

Los parados que hayan agotado la prestación contributiva, lleven un mes inscritos como demandantes de empleo (a contar desde la fecha de extinción de dicha prestación) y tengan responsabilidades familiares (salvo que sean mayores de 45 años, para quienes no es preciso) tienen derecho a recibir un subsidio por desempleo (los eventuales agrarios no pueden optar a este subsidio).

Requisitos de subsidios.

 

Este subsidio tiene una duración de 6 meses prorrogables por períodos semestrales hasta un máximo de 30 meses, en función de la duración de la prestación por desempleo de nivel contributivo que el perceptor haya agotado y de su edad.

2. Por pérdida de empleo

Perder involuntariamente un empleo, haber cotizado por desempleo entre 90 y 179 días (en caso de poseer responsabilidades familiares) o entre 180 y 359 días (sin familiares a cargo) da derecho a obtener un subsidio cuya duración oscilará entre los 3 meses y los 21 meses, en función del tiempo que la persona haya cotizado y de sus responsabilidades familiares.

 

Requisitos para solicitar subsidios por pérdida de empleo.

3. Para mayores de 52 años

El Gobierno de Pedro Sánchez ha recuperado el subsidio a los mayores de 52 años, que el anterior Ejecutivo de Mariano Rajoy elevó hasta los 55 años. Esta prestación, que beneficiará a cerca de 380.000 personas, podrá percibirse hasta que se cumpla la edad ordinaria de jubilación, y no hasta el momento en que se pueda acceder a cualquier modalidad de pensión contributiva de jubilación, como ocurría hasta el momento.

Según ha explicado la ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, se deja de tener en consideración la renta familiar para el acceso al subsidio; se incrementa la cuantía de la cotización por la contingencia de jubilación del 100% al 125% durante la percepción del subsidio, y se eliminan los porcentajes aplicables a la cuantía del subsidio cuando proviene de un trabajo a tiempo parcial. La cuantía es del 80% del IPRE, unos 438 euros mensuales. 

Tres subsidios más...

Por revisión de incapacidad (personas sin ingresos que mejoran de una dolencia, se les retira una incapacidad permanente pero carecen de rentas); para emigrantes retornados (quienes regresan a España después de trabajar en países sin convenio bilateral de desempleo o fuera del Espacio Económico Europeo); para excarcelados (quienes salen de prisión tras cumplir una condena de más de 6 meses y no tienen derecho a prestaciones).

Estos tres subsidios podrán cobrarse durante 6 meses prorrogables hasta un máximo de 18, y es preciso solicitarlo en los 15 días hábiles siguientes a la finalización del mes de inscripción como demandante de empleo.

... y otro extraordinario

Al subsidio extraordinario por desempleo (SED) pueden optar personas en paro total que hayan extinguido por agotamiento cualquiera de los subsidios previstos. También parados de larga duración que hayan agotado prestaciones por desempleo, Prepara o RAI y estuvieran inscritos como demandantes el 01/05/2018. Es parado de larga duración el que permanece inscrito como demandante de empleo durante al menos 360 días en los 18 meses anteriores a la fecha de solicitud.

Aparte de estos subsidios generales por desempleo, los trabajadores agrarios de Andalucía y Extremadura disponen de la Renta Agraria, su particular subsidio de paro, para cuya concesión son exigibles unas deteriminadas peonadas. Por la gravedad de la sequía y de forma excepcional, el Gobierno ha reducido el número de peonadas mínimas para acceder al subsidio y a la renta agraria de 35 a 20.

Sobre el autor:

Pepa Montero

Pepa Montero

Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).

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