Economía

El Banco de España aclara si un comercio puede rechazar el pago en efectivo

María Bonillo

Foto: Europa Press

Martes 15 de agosto de 2023

5 minutos

A pesar del auge del pago sin contacto, el efectivo seguirá siendo "el principal medio de pago"

El Banco de España aclara si un comercio puede rechazar el pago en efectivo. Foto: Europa Press
María Bonillo

Foto: Europa Press

Martes 15 de agosto de 2023

5 minutos

Las tarjetas de crédito y débito vinieron para revolucionar la forma de pagar hasta los gastos más cotidianos y sencillos. Antes, lo habitual era llevar siempre dinero en efectivo. Llevar el monedero o la cartera de billetes y monedas era algo de lo más normal, sin embargo, cada vez se sustituyen más por las tarjetas y otros medios de pago que no necesitan la presencia del dinero físico. 

Sin embargo, no disponer de uno u otro al mismo tiempo puede crear complicaciones a la hora del pago, sobre todo en aquellos establecimientos, servicios o comercios en los que solo permiten pagar de una forma determinada

Con el auge de las tarjetas y otros métodos de pago contactless, el dinero en efecto parece que pierde terreno, llegando incluso a no ser aceptado en ciertos lugares, lo que nos deja sin la posibilidad de comprar aquello que deseamos. Pero, ¿puede realmente un comercio rechazar un pago en efectivo?

El Banco de España ha aclarado esta duda que, a pesar de tener, en un principio, una respuesta clara, hay excepciones a tener en cuenta, por lo que no estará de más asegurarnos de llevar siempre una alternativa, ya sea al dinero en efectivo o a cualquier otro método de pago que escojamos. 

"La respuesta corta es no", señalan, y "una etiqueta o un cartel que indiquen que el comercio no acepta pagos en efectivo, o determinadas denominaciones de billetes, no es suficiente". 

Según lo emitido en una Recomendación (2010/191/UE), basada en un informe del Grupo de Expertos sobre el Curso Legal del Euro, solo será posible la prohibición del pago en efectivo en los siguientes supuestos, tal y como indica el Banco Central Europeo en su página web: 

  • Cuando las dos partes hayan acordado otro medio de pago
  • Si el comercio ofrece una "justificación legítima", como que no sea posible mantener una reserva suficiente de efectivo para devolver el cambio o existan riesgos concretos para la seguridad debido a la presencia física de grandes cantidades de dinero en efectivo. 

"Las entidades públicas que prestan servicios esenciales a los ciudadanos no pueden rechazar ni restringir el pago en efectivo sin un motivo suficiente. De lo contrario, socavarían la condición de moneda de curso legal de los billetes y las monedas en euros protegida por el Derecho de la UE", concluyen. 

Hombres, personas de 45 años y más y con estudios básicos, los que más usan el efectivo a diario

 

A pesar del creciente uso de los pagos sin contacto, no creen que el efectivo pueda quedarse obsoleto en el futuro. De hecho, aseguran que seguirá siendo importante, así como el "principal medio de pago".

"Los medios de pago digitales pueden resultar cómodos para muchas personas, pero no se adaptan a todo el mundo. Los pagos sin contacto coexistirán con el efectivo, pero no lo sustituirán como instrumento de pago", explican. "El efectivo tiene valor en sí mismo, su autenticidad puede comprobarse fácilmente para distinguirlo de las falsificaciones y permite liquidar pagos sin necesidad de terceros. Ningún otro instrumento de pago reúne estas tres características tan eficazmente como el efectivo". 

¿Y el pago con tarjeta?

Llegar a un comercio y que no se permita el pago en efectivo es algo que seguramente nos ha ocurrido en más de una ocasión, pero también la situación contraria, que no se nos permita pagar con tarjeta. En este sentido, El Banco de España respondía a otra duda frecuente: "¿Pueden rechazar pago con tarjeta si no se llega a una cantidad?". 

"Los billetes y monedas en euros son el único medio de pago de curso legal en la zona euro, es decir, de obligada aceptación", explican, por lo que los comercios "pueden decidir si aceptan algún otro medio de pago y, de hacerlo, pueden establecer condiciones".

Sobre el autor:

María Bonillo

María Bonillo

María Bonillo es licenciada en Comunicación Audiovisual y Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid. Escribe principalmente sobre temas de sociedad. También tiene experiencia en comunicación corporativa de empresas como OmnicomPRGroup y Pentación Espectáculos.

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