Bruselas amenaza con acudir al TJUE si España no transpone la directiva de acciones colectivas

Asufin recibe la carta de la Comisión Europea con los plazos que ha dado a España

Bruselas amenaza con acudir al TJUE si España no transpone la directiva de acciones colectivas Miia

La Comisión Europea ha recordado a España que dispone hasta el próximo 29 de junio para transponer la directiva comunitaria sobre acciones colectivas. Según ha informado Asufin, si el Gobierno no adopta las medidas necesarias antes de esa fecha, Bruselas podría llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), al considerar incumplidos los plazos fijados para incorporar esta normativa al ordenamiento nacional.

"Los dos meses de plazo que tiene nuestro país para legislar las acciones colectivas, en base a las mayores garantías para los consumidores, que otorga la Directiva, vencen el próximo 29 de junio" recuerda la Asociación de Usuarios Financieros a través de un comunicado. Asufin ha recibido una carta de la Comisión Europea en respuesta a la demanda que la propia organización interpuso en el mes de diciembre. "De lo contrario, el Ejecutivo europeo llevará a España ante los tribunales y se abrirá el procedimiento judicial en el TJUE".

Tal y como recuerda la organización presidida por Patricia Suárez, "nuestro país tendría que disponer desde enero de 2023, cuando venció el plazo legal, de una ley de acciones de representación colectiva alineada con los propósitos de la Directiva europea, que permita el despliegue de acciones colectivas transfronterizas. Otras ventajas que traería consigo la nueva ley es la posibilidad de acumular acciones, y de implantar en nuestro país el sistema opt-out. Es decir, la posibilidad de aplicación de la sentencia a todos los afectados que compartiesen un mismo supuesto, de manera automática y salvo que expresasen su voluntad de ser apartados". 

 

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Alternativa: normativa de Consumo

Mientras la tramitación del texto se encuentra parada en el Congreso, ASUFIN ha trasladado al ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 una vía legal para salvar una de las cuestiones capitales que permite la Directiva: la posibilidad de que las asociaciones de consumidores planteen acciones con efectos transfronterizos. Ante el mismo abuso, misma respuesta con acciones colectivas que protejan a todos los europeos. Por ejemplo, muchas de las prácticas abusivas que platean las plataformas digitales con intensísima penetración global.

Así, Asufin considera que "ya disponemos de un procedimiento administrativo para reconocer la condición de entidad habilitada para acciones transfronterizas, que establece un órgano competente para la determinación de las entidades habilitadas que es la Dirección General de Consumo".  Esta ley, el RDL 1/2007, ya otorga competencias a Consumo para elaborar el listado de entidades habilitadas -compuesto por las asociaciones integradas en el CCU- para su posterior remisión al Ministerio de Justicia, encargado de su notificación a la Comisión Europea. 

Por otro lado, la Directiva establece unos requisitos tasados que deben cumplir las entidades habilitadas y que ya cumplen de manera reforzada las asociaciones que forman parte del Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU). Es más, no sólo están previstos en el ordenamiento jurídico español (el citado RDL 1/2007) sino que se ven sometidos a verificación y supervisión continua por parte de la dirección general.

Este despliegue de competencias por parte de la Consumo permitiría corregir una situación que, en la práctica, está limitando la capacidad de las asociaciones españolas para ejercitar acciones representativas en otros Estados miembros que ya han transpuesto la Directiva, así como su acceso a determinadas líneas de financiación europea, pese a cumplir los requisitos exigidos.