Economía

Cómo facturar sin ser autónomo: requisitos y restricciones

Agus Calvet

Foto: BigStock

Lunes 6 de diciembre de 2021

ACTUALIZADO : Lunes 6 de diciembre de 2021 a las 0:41 H

3 minutos

Es una opción válida para cantidades pequeñas y para actividades ocasionales

Cómo facturar sin ser autónomo: requisitos y restricciones
Agus Calvet

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Lunes 6 de diciembre de 2021

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Nuestra vida laboral está delimitada tradicionalmente por empleados por cuenta ajena y por cuenta propia, o más conocidos por autónomos. Sin embargo, hay una tercera opción menos conocida y que se puede utilizar, tengas la edad que tengas, para poder facturar sin ser autónomo y, así, solventar situaciones o necesidades puntuales propias o de nuestros clientes.

Realizando trabajos puntuales o con nuestro propio negocio, la opción más socorrida es la de darse de alta, y facturar, como autónomo, según la normativa y fiscalidad que rigen en España.

Si no se está consolidado como un profesional individual, de forma habitual, no existiría necesidad de acudir a esta figura ni estar inscrito en el régimen de autónomos (RETA).

Lo primero que debemos tener en cuenta es que facturar sin ser autónomo no debe considerarse como una generalidad, ya que hay que cumplir ciertos requisitos que, en algunos casos, rayan la ambigüedad legal y se deben conocer bien.

Así que, sí, se puede facturar sin ser autónomo, pero, primero, debemos darnos de alta en actividades económicas sin ser autónomo en la Agencia Tributaria. Bastaría con presentar los documentos con modelo o 036 o 037, y para hacerlo debes cumplir con estos requisitos:

  • Lo más importante es que la actividad para la que vamos a facturar sin ser autónomos no sea habitual, sino que sea ocasional, un ingreso extra y no tu forma habitual de medio de vida.
  • Igualmente, no deben ser ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, no pueden ser ingresos mayores a 950 euros brutos mensuales.

Si aún con estas condiciones nuestro caso particular no se adapta de manera rigurosa, bien porque durante unos meses esos ingresos sean los principales o porque la cantidad a facturar supere, aunque sea por unos céntimos, el SMI, podemos tener opción a otras combinaciones.

factura autonomo 01

Foto: BigStock

La primera sería darnos de alta en el régimen de autónomos por los meses que vamos a facturar ese trabajo, pagando así nuestra cuota. En este caso debemos hacer constar claramente los conceptos generales en la factura, de este modo nos ahorraremos problemas futuros con la Agencia Tributaria.

Otra opción, muy habitual entre ciertos empleos profesionales, es inscribirse en una cooperativa de facturación, las cuales suelen unir a profesionales para proyectos puntuales comunes o no comunes. En ese caso, es la cooperativa la que gestiona el alta y baja de la Seguridad Social y la que factura. Debemos tener en cuenta que al participar en este tipo de cooperativas hay que hacer frente a algunos gastos de gestión, pero que siempre son menores que si afrontamos la tarea como autónomos.

Un punto esencial al que debemos prestar atención de elegir facturar sin estar dado de alta en el régimen de autónomos es que puede afectar a tu cotización para tu jubilación, de ahí que es mejor solo utilizar esta opción si son trabajos muy puntuales y durante cortos periodos de tiempo.

Sobre el autor:

Agus Calvet

Agus Calvet es redactor especializado en temas de consumo.

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