Economía

Cuánto dinero podrías rescatar en caso de quebrar tu banco

Clara González

Sábado 17 de febrero de 2024

4 minutos

El Banco de España lo ha explicado con una publicación en su blog

Cuánto dinero podrías rescatar en caso de quebrar tu banco (Bigstock)
Clara González

Sábado 17 de febrero de 2024

4 minutos

La mala situación de bancos como Silicon Valley Bank o Credit Suisse en los últimos meses, que han declarado la bancarrota y el desplome respectivamente, ha activado las alarmas entre la clientela de los bancos. Así pues, el Banco de España ha respondido a esta inquietud en su blog para aclararles a los ahorradores y ahorradoras qué sucedería si su banco quebrase.

Sobre el Banco de España

Cuánto dinero podrías rescatar en caso de quebrar tu banco (Bigstock)

El objetivo del Banco de España es garantizar los depósitos en dinero, valores u otros instrumentos financieros constituidos en las entidades de crédito. Con ello, proporcionan mayor seguridad, protección y tranquilidad, y contribuyen a la estabilidad del sistema financiero en su conjunto.

Su creación, recogida en el Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, decreta su personalidad jurídica propia y obliga a todas las entidades de crédito a formar parte de él, a excepción de los establecimientos financieros de crédito y el Instituto de Crédito Oficial.

A tener en cuenta

Cuánto dinero podrías rescatar en caso de quebrar tu banco (Bigstock)

Desde el Banco de España aseguran que "un elemento importante a la hora de decidir en qué depósitos guardamos los ahorros es conocer cuáles de ellos están protegidos por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), ya que algunos tipos de depósitos no cuentan con esta garantía. En general, el FGD cubre las cuentas corrientes y de ahorro y los depósitos a la vista y a plazo fijo". 

"Estos productos tienen en común que, en caso de quiebra de la entidad, el FGD asegura la devolución del importe depositado hasta los 100.000€ o incluso más en algunas circunstancias determinadas", apuntan desde el organismo.

Así, en el Real Decreto de constitución del Banco de España se detalla que las entidades adheridas al FGD han de realizar aportaciones anuales obligatorias “cuyo importe será de hasta un máximo del 2 por mil de los depósitos a los que se extiende su garantía, en función de la tipología de las entidades de crédito”.

En caso de encontrarse el patrimonio no comprometido del FGD en números negativos, "la Comisión Gestora podrá acordar, por mayoría de dos tercios de todos sus miembros, la realización de derramas entre las entidades adheridas".

Casos no cubiertos por el FGD

Cuánto dinero podrías rescatar en caso de quebrar tu banco (Bigstock)

El Banco de España especifica en su blog que no están cubiertos por el FGD:

  • Los depósitos estructurados, en los que puede ocurrir que no recibas todo el importe depositado por estar sujetos a la variación de cualquier tipo de variable financiera, como, por ejemplo, índices bursátiles.
  • Los planes de pensiones (que tienen su propia regulación).
  • Los fondos de inversión (que también tienen una normativa propia).
  • Los criptoactivos

Para más información, desde la entidad financiera aportan el vídeo '¿Qué tipos de depósitos dinerarios están garantizados por el FGD?' en la sección de preguntas frecuentes.

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