Economía

"El anunciado decreto social no contiene grandes medidas de calado"

65ymás

Foto: EUROPA PRESS

Jueves 28 de febrero de 2019

2 minutos

Para Herrero (Legálitas), salvo la reforma del subsidio de 52 años, son iniciativas típicas de PGE

"El anunciado decreto social no contiene grandes medidas de calado"
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Foto: EUROPA PRESS

Jueves 28 de febrero de 2019

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El decreto de medidas sociales recupera el subsidio de los 52 años

Las principales medidas que el Gobierno pretende aprobar por Real Decreto en Consejo de MInistros antes de las elecciones, a cuyo borrador ha tenido acceso 65Ymas, son iniciativas "de gasto social y de incentivo al empleo que se incluyen habitualmente en los Presupuestos Generales del Estado (PGE), pero que tras el rechazo de los mismos sufrido por el Gobierno de Pedro Sánchez, ahora se tratan de sacar a base de reales decretos", afirma Sergio Herrero, abogado de Legálitas, quien además subraya que "no son medidas de gran calado, salvo la intención de recuperar el subsidio para mayores de 52 años".

En efecto, como subraya este experto en materia legal, el borrador del Real Decreto que ha sido presentado por el Gobierno a los agentes sociales, tal como lo ha conocido 65Ymas, "no supone una contrarreforma laboral, ni tampoco contiene propuestas que impliquen modificaciones importantes en materia de Seguridad Social", detalla Herrero, para quien sí puede ser interesante la propuesta de incentivar el empleo en el sector servicios, mediante la iniciativa de rebajar a la mitad las cuotas a la Seguridad Social en los meses de febrero, marzo y noviembre de los trabajadores fijos-discontinuos.

Sergio Herrero, abogado de Legálitas.

Tampoco parecen existir reformas de calado en materia de pensiones, señala Sergio Herrero, ni en derecho laboral. "La única medida de calado político es la intención anunciada por el presidente Sánchez de recuperar el subsidio para los mayores de 52 años, en vez de los 55 años como rige en la actualidad", valora el abogado de Legalitas. “Se adelanta el acceso al subsidio 3 años, como ocurría antes de su reforma en 2012, y vuelven a tenerse en cuenta sólo los ingresos del solicitante para computar el límite de ingresos que dan derecho a la prestación, lo que tampoco es una novedad porque esto ya era así tras una sentencia del Tribunal Constitucional del verano pasado, que anuló la reforma del subsidio del Gobierno anterior en este aspecto”.

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