Economía familiar

Crean una guía de lectura fácil para hacer accesible la presentación de la declaración de la Renta

65ymás

Foto: Europa Press

Martes 20 de junio de 2023

5 minutos

Está dirigida a personas con discapacidad intelectual, como mayores con deterioro cognitivo

Crean una guía de lectura fácil para hacer accesible la presentación de la declaración de la Renta. Foto: Europa Press
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Martes 20 de junio de 2023

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El Centro Español de Accesibilidad Cognitiva (CEACOG), dependiente del Ministerio de Derechos Sociales, ha publicado una guía en lectura fácil para presentar la Declaración de la Renta, una iniciativa con la que se consigue hacer este trámite, cuyo plazo concluye este mes de junio, accesible para las personas con discapacidad intelectual.

Desde CEACOG han explicado que la lectura fácil es una herramienta de la accesibilidad cognitiva, una forma de crear documentos más fáciles para toda la ciudadanía, pero de forma especial para las personas con dificultades de comprensión, como las personas con discapacidad intelectual, autismo, parálisis cerebral, migrantes que no conozcan el idioma o mayores con deterioro cognitivo.

 

 

Este documento, que se puede encontrar en la página web del CEACOG, además de explicar qué es la Declaración de la Renta o cómo se hace, aborda conceptos clave y complejos con los que se encuentra la ciudadanía al realizar este trámite. Por ejemplo, la diferencia entre la declaración individual o conjunta, qué son los datos fiscales y dónde pueden consultarse, qué es el mínimo personal o cómo rellenar el borrador.

El documento cuenta, además, con un diccionario con los términos más difíciles de entender que una persona puede encontrarse a la hora de hacer este trámite administrativo.

Junto con este documento, el CEACOG también ha facilitado el calendario del contribuyente, un documento en lectura fácil que explica qué son, cuándo y cómo deben presentarse los impuestos de Renta y Patrimonio o las retenciones y el IVA.

Del mismo modo, el centro ha actualizado una guía sobre la Cl@ve PIN, un sistema de confirmación de identidad y de gestión de trámites relacionados con organismos públicos, que cada vez está más presente.

La guía actualizada ha sido una iniciativa de la Oficina de Accesibilidad Cognitiva de Extremadura (OACEX), y Plena inclusión Extremadura, que ha puesto en marcha CEACOG, un servicio público que promueve la accesibilidad cognitiva en las administraciones públicas, dependiente del Real Patronato Sobre Discapacidad y gestionado por Plena inclusión.

Campaña de la Renta 2022

El pasado 1 de junio, la Agencia Tributaria comenzaba a atender a los contribuyentes en sus oficinas de forma presencial para la confección y presentación de los documentos correspondientes a la declaración de la Renta 2022. 

Desde el pasado 25 de mayo, ya es posible solicitar cita previa para la atención presencial de la Renta, un servicio enfocado, principalmente, a los ciudadanos menos habituados a las nuevas tecnologías que requieran asistencia personalizada. Estos contribuyentes también tienen a su disposición un año más el plan Le Llamamosuna alternativa a la asistencia presencial en oficinas.

De forma ordinaria, la Campaña de la Renta se prolongará entre el 1 y el 30 de junio, día en que finalizará el plazo de presentación, tanto para las declaraciones a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 27 de junio. Por su parte, las solicitudes de cita previa, tanto para la atención telefónica como presencial, finalizarán el 29 de junio.

Hay tres formas de solicitar las citas previas: 

  • Por Internet: con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia.
  • A través de la aplicación de la Agencia Tributaria ("Agencia Tributaria"). 
  • Por teléfono con atención personal al 91 553 00 71 o 901 22 33 44, en horario de lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 horas. O por teléfono automático a los números 91 535 73 26 o 901 12 12 24 (solo para pedir cita para realizar la declaración de forma telefónica, no presencial).

No estarán obligados a declarar, en términos generales, aquellos contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales, límite que se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.

Tampoco estarán obligados, al igual que el año anterior, los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros. 

Por su parte, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deberán presentar la declaración, de acuerdo con la normativa que establece el ingreso.

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