Un error que te puede salir caro: estas son las diferencias entre incapacidad y discapacidad
Las ayudas a las que tienes derecho no son las mismas
Saber cuáles son las principales diferencias entre la discapacidad y la incapacidad es clave para saber qué ayudas puedes solicitar y qué derechos te corresponden en función de lo que tengas reconocido. Esto es importante a nivel económico porque los procedimientos y prestaciones no son los mismos.
El abogado laboralista Ignacio de la Calzada ha aclarado en sus redes sociales las diferencias que existen entre estos dos términos: "La incapacidad permanente es una prestación de la Seguridad Social, como puede ser la incapacidad permanente total, la absoluta o la gran invalidez, y se paga a modo de pensión", comienza diciendo.
Es decir, la incapacidad es una ayuda que brinda protección a aquellas personas que por enfermedad o accidente han visto reducida o anulada su capacidad para poder trabajar.
Otra característica de la incapacidad es que existen diferentes grados (parcial, total, absoluta y gran invalidez), y la cuantía de la prestación se calcula en función del grado asignado: "Mensualmente te van a dar un importe en función del porcentaje".
De esta forma, y en función de la base reguladora del beneficiario, este recibirá una cuestión de forma periódica.
Si nos centramos en la discapacidad, el experto matiza que es "un porcentaje que se da en función de las patologías también, pero con un cuadro totalmente distinto en el que se valoran cosas diferentes". En otras palabras, no es una pensión, sino un reconocimiento de la Administración, que permitirá solicitar determinadas ayudas y tener derecho a beneficios.
Teniendo claro lo que es la incapacidad y la discapacidad, la principal diferencia es que la incapacidad afecta directamente al ámbito laboral, mientras que la discapacidad establece el grado de limitación en la vida diaria de la persona.
Otro punto importante es que la administración que gestiona esto no e la misma: "Se puede tener ambas pero no es lo mismo y la incapacidad la da la Seguridad Social y el grado de discapacidad lo conceden las comunidades autónomas. Se tienen que solicitar en sitios distintos", explica el abogado.
Es decir, puedes tener derecho a las dos o solamente a una: "Puedes tener ambas pero no necesariamente por tener una vas a tener más de la otra", aclara.

