Economía familiar

Se pueden cobrar dos pensiones y sumar hasta más de 2.600 euros al mes

María Liébana

Sábado 23 de mayo de 2020

ACTUALIZADO : Sábado 8 de agosto de 2020 a las 10:38 H

3 minutos

Solo algunas son compatibles y no pueden pertenecer al mismo régimen de la Seguridad Social

Puedes cobrar dos pensiones y sumar hasta más de 2.600 euros al mes
María Liébana

Sábado 23 de mayo de 2020

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Uno de los aspectos que más dudas genera sobre las pensiones en nuestro país es si se pueden cobrar dos pensiones a la vez.  

En principio no sería posible, y es que la Seguridad Social (@info_TGSS) recoge que “las pensiones de un mismo régimen son incompatibles entre sí cuando coinciden en un mismo beneficiario, a no ser que, legal o reglamentariamente, se disponga lo contrario. En caso de incompatibilidad, quien tuviera derecho a dos o más pensiones optará por una de ellas”.

Sin embargo, existen ciertos casos extraordinarios en los que se pueden cobrar de manera simultánea dos pensiones que provengan de ayudas compatibles. Tal es el caso de la pensión de viudedad, a la que se puede sumar la de incapacidad u orfandad.

¿En qué se diferencia un plan de pensiones de un fondo de pensiones?

 

Pero hay que tener en cuenta que, para que un mismo sujeto perciba dos pensiones de jubilación, han de provenir de regímenes de la Seguridad Social diferentes. Además, en el caso de pensiones concurrentes, sus cuantías no pueden ser superiores al importe señalado como pensión máxima de cada ejercicio. Esto quiere decir que la suma de las pensiones concurrentes no será superior, en ningún caso, a la pensión máxima determinada en cada ejercicio.

La pensión máxima en España está fijada en 2.683,34 euros mensuales para el ejercicio de 2020. Está dividida en 14 pagas, que conforman un importe total anual de 37.566,76 euros. Y es un límite total, que aplica tanto a una sola como a la suma de dos pensiones.

¿Qué es una pensión concurrente?

Las pensiones concurrentes son aquellas que nos abona, principalmente, los siguientes regímenes:

  • Clases Pasivas
  • Régimen General
  • Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o cualquier otro Régimen Especial
  • Mutualidad Nacional de Previsión de las Administraciones Locales
  • Sistemas de previsión social de las Comunidades Autónomas
  • Las que paguen empresas con capital mayoritariamente público.

Las pensiones no concurrentes, por el contrario, son aquellas abonadas por planes de pensiones de empleo o seguro colectivo, las recibidas en concepto de dependencia, los salarios sociales o rentas mínimas de las Comunidades Autónomas y las otorgadas por Mutuas alternativas.

¿Qué tengo que hacer para recibir dos pensiones?

Para poder recibir dos pensiones de jubilación, el solicitante tiene que:

  • Estar dado de alta o en situación asimilada en dos regímenes de la Seguridad Social en el momento de la jubilación
  • Que cumpla las condiciones mínimas para acceder a la prestación en cada uno de esos regímenes, es decir, tener cotizados al menos 15 en ambos regímenes.
  • Si no se está dado de alta o en situación asimilada en ambos regímenes, se exigirán también 15 años, pero de cotización simultánea.

Sobre el autor:

María Liébana

María Liébana es redactora especializada en temas de economía.

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