Economía

El Estatuto de los Trabajadores confirma lo que debes hacer para cogerte días de asuntos propios

Stefano Traverso

Foto: Bigstock

Viernes 13 de febrero de 2026

3 minutos

Su regulación puede variar según el sector y la provincia

El Estatuto de los Trabajadores confirma lo que debes hacer para cogerte días de asuntos propios
Stefano Traverso

Foto: Bigstock

Viernes 13 de febrero de 2026

3 minutos

Los días de asuntos propios permiten que el trabajador se pueda ausentar de su centro laboral para atender motivos personales sin necesidad de brindar una justificación. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este permiso no aparece en el Estatuto de los Trabajadores, por lo que no constituye un derecho automático para todos los empleados.

Su aplicación depende de otras normas laborales. Según indica Legálitas, estos días se pueden regular a través de convenios colectivos, contratos individuales o las políticas internas de las empresas.

La forma más habitual de hacerlo es el convenio colectivo, donde se fija la cantidad de días que corresponden, si son retribuidos y cómo deben solicitarse. También pueden incluirse en el contrato de trabajo, incluso aunque el convenio no los contemple, y en ese caso lo pactado es obligatorio. Además, existen algunas empresas que los conceden mediante normas internas que se deben respetar.

Por dicho motivo, no todos los trabajadores tienen derecho a este permiso y sus condiciones pueden variar según el sector, la empresa o la provincia.

El Estatuto de los Trabajadores confirma lo que debes hacer para cogerte días de asuntos propios

Cómo se solicitan y qué diferencias existen según el sector

En la mayoría de los casos, los días de asuntos propios requieren un aviso previo al empleador y, en muchos casos, autorización por parte de la empresa. Cada compañía debe establecer su propio procedimiento, por lo que lo más recomendable es revisar el convenio o consultarlo con recursos humanos.

Sobre la retribución, tampoco existe un único criterio. Algunos convenios consideran estos días como trabajados y los pagan, mientras que otras empresas los conceden sin salario. Es por eso la importancia de revisar la normativa vigente antes de solicitar los días.

Las condiciones suelen variar de manera notable dependiendo del sector. Por ejemplo, el convenio de Limpieza de Edificios y Locales de la Comunidad de Madrid reconoce seis días al año, retribuidos y considerados como trabajo efectivo. En la Restauración Colectiva existe un día retribuido sin justificación a nivel estatal, mientras que en Zaragoza se reconocen tres días bajo el convenio anterior de hostelería.

En el caso de los funcionarios del Estado, ellos cuentan con seis días que son denominados ‘moscosos’ regulados en el Estatuto Básico del Empleado Público. En otros sectores como oficinas y despachos, lo habitual es que dispongan de dos días, aunque pueden existir algunas variaciones dependiendo del territorio.

Una de las principales novedades se encuentra en el VII Convenio Colectivo Estatal del Sector de Prensa Diaria, firmado en 2024 y vigente entre 2023 y 2025. Por primera vez, este acuerdo incluye un día libre y retribuido al año para asuntos propios, un derecho que no existía anteriormente en el sector.

Sobre el autor:

Stefano Traverso

Stefano Traverso

Stefano Traverso es licenciado en Ciencias de la Comunicación en la USMP de Perú; con un máster en Marketing Digital & E-commerce en EAE Business School de Barcelona. Ha trabajado en diferentes medios de comunicación en Perú, especializándose en deporte, cultura y turismo.

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