Arranca la campaña de la renta para cumplir con Hacienda en relación al ejercicio 2025. Y esta nueva campaña del IRPF llega con novedades para los mutualistas jubilados, dado que podrán pedir la devolución que les corresponda relativa al año fiscal 2025, para compensar así el exceso de tributación pagado de más durante los años 60 y 70 del siglo pasado.
Tras la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la Agencia Tributaria ha habilitado un formulario de devolución integrado en ella propio sistema de Renta Web. Los técnicos del Ministerios de Hacienda (Gestha) recuerdan que en la campaña de la Renta que acaba de comenzar, los jubilados mutualistas afectados por la DT2ª de la Ley del IRPF pueden pedir la devolución que les corresponda durante el presente ejercicio fiscal. Al acceder al borrador, se activará automáticamente un aviso informativo si les corresponde dicha devolución, con un enlace directo al formulario.
Se trata de la devolución que corresponde exclusivamente al ejercicio 2025 y se solicita al hacer la declaración de la Renta de este ejercicio fiscal. Es independiente de las devoluciones de los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022, que muchos mutualistas ya han cobrado, pero que muchos otros siguen esperando.
Aquellas personas que realizaron aportaciones a las antiguas entidades de previsión social que después asumió la Seguridad Social hicieron, durante varios años, una doble tributación. El Tribunal Supremo que obligó a la Agencia Tributaria a realizar las devoluciones de los ejercicios 2019-2023 y anteriores no prescritos.
Gestha explica en un comunicado que el año pasado, en la campaña de Renta 2024, ya se introdujo un sistema único para la corrección de las autoliquidaciones que sustituyó al sistema dual de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación. Y este año se mejora el sistema incluyendo una casilla para solicitar que la autoliquidación de 2025 previamente presentada se tenga por no presentada por no estar obligado a declarar el IRPF.
“Con la finalidad de aplicar lo establecido en la disposición transitoria segunda (en adelante DT2) de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para los pensionistas que reciben en la actualidad prestaciones que procedan de aportaciones a mutualidades de previsión social que puedan dar lugar a reducción en la tributación de sus rendimientos del trabajo conforme lo establecido en la citada disposición, en la declaración de Renta de 2025 se van a calcular ajustes sobre las pensiones de jubilación o invalidez, para conseguir esta menor tributación, tal y como se procedió para el IRPF 2024 en la anterior Campaña de Renta”, detalla la Agencia Tributaria en el apartado específico para mutualistas de su portal web.
La campaña, que permite el acceso a los datos fiscales, solicitar la devolución de IRPF a los mutualistas, y presentar la declaracilón por internet desde este mismo miércoles, 8 de abril, se extenderá hasta el 30 de junio. La AEAT prestará ayuda telefónica a partir del 6 de mayo y atención presencial en oficinas desde el 1 de junio, previa solicitud de cita.
Además de este aviso importante a mutualistas, Gestha ha destacado la subida de impuestos para las rentas de ahorro elevadas y la deducción del salario mínimo interprofesional como principales novedades de la Campaña de la Renta 2025. También advierte de que la Agencia Tributaria (AEAT) dispone este año de información detallada sobre "criptomonedas, ventas de segunda mano en plataformas digitales y alquileres turísticos".
Por otro lado, según Gestha, también resulta clave en esta campaña la exención total de las ayudas concedidas por daños personales y materiales derivados de la DANA, así como de los incendios forestales ocurridos entre junio y agosto de 2025.
Subida de impuestos para rentas de ahorro elevadas
Desde 2025 se modifica la escala aplicable a la parte de la base liquidable del ahorro, de modo que las bases liquidables superiores a 300.000 euros tributarán a un tipo marginal del 30%, en lugar del 28% existente con anterioridad.
De su lado, desde 1 de enero de 2025, y con el fin de que no tributen los perceptores del nuevo salario mínimo interprofesional (SMI), que asciende desde 2025 a 16.576 euros anuales y reducir el gravamen a los perceptores de rentas salariales entre el SMI y 18.276 euros anuales, podrán aplicar una nueva deducción, siempre no tengan otras rentas, excluidas las exentas, distintas de las salariales, superiores a 6.500 euros.
Gestha ha solicitado ampliar esta medida a pensionistas y desempleados, al considerar que sus percepciones "también son rentas del trabajo”.
Límites para declarar y novedades para trabajadores
Desde Gestha, recuerdan que se mantienen los límites de la obligación de declarar para trabajadores que ingresen menos de 15.876 euros anuales (con cualquier número de pagadores) o 22.000 euros si los pagos de otros pagadores no superan los 1.500 euros.
Los técnicos han aclarado que "no se debe confundir" con el anuncio del Gobierno de elevar a 2.500 euros la cuantía del segundo pagador, medida que fue derogada.
Como novedad, las personas beneficiarias de prestaciones por desempleo no tienen obligación de declarar si no superan dichos límites, eliminándose este requisito para percibir la prestación.
Por el contrario, para la prestación del ingreso mínimo vital se mantiene la obligación de declarar a "todos los miembros de la unidad de convivencia", incluidos los menores que debían presentar declaración individual o conjunta con sus progenitores.
Control sobre la economía digital y ventas online
Los técnicos ponen el foco en el aumento de la información que recibe Hacienda tras la transposición de la directiva DAC 7. Plataformas como Wallapop, Vinted, eBay o Milanuncios informarán de las ventas de particulares que "superen las 30 operaciones anuales" o los 2.000 euros de importe.
Respecto a las criptomonedas, la AEAT cuenta con datos sobre saldos, adquisiciones, transmisiones y permutas suministrados por entidades residentes. Además, Gestha recuerda que el pasado 31 de marzo terminó el plazo para presentar el modelo 721 de monedas virtuales en el extranjero para quienes superen los 50.000 euros.
En cuanto a la vivienda, los arrendadores de alquiler turístico están bajo vigilancia, ya que la AEAT dispone de datos sobre días arrendados, comisiones y cantidades retenidas por las plataformas. Para el alquiler de vivienda permanente, se aplican reducciones que pueden llegar al 90% del rendimiento neto en zonas tensionadas si se reduce el precio del alquiler un 5%.
“Vaivén” en eficiencia energética y vehículos eléctricos
Gestha ha calificado de "vaivén para la seguridad jurídica" la situación de las deducciones por obras de mejora de eficiencia energética. Tras el rechazo parlamentario del decreto de prórroga, finalmente se han retrotraído las tres deducciones estatales (del 20%, 40% y 60%) al periodo de 2025. El colectivo lamenta que muchos contribuyentes "no han realizado las inversiones" al no poder prever su aplicación.
Por el contrario, se prorroga con celeridad la deducción del 15% por la compra de vehículos eléctricos "enchufables" (sobre un máximo de 20.000 euros) y la instalación de puntos de recarga (máximo 4.000 euros).
Deducciones autonómicas y otras claves
Los técnicos alertan, además, de que las deducciones autonómicas son las "grandes desconocidas" y no aparecen en la mayoría de los borradores, por lo que recomiendan repasar el catálogo de cada comunidad.
Otras novedades incluyen el aumento de la deducción por donativos al 80% para los primeros 250 euros y al 40% para el resto, junto al impulso a emprendedores con una deducción del 50% por inversión en nuevas empresas.
Asimismo, se ha creado una casilla específica para el Bono Social Térmico con el fin de evitar errores en la concesión de becas y se eleva al 30% (antes 28%) el tipo marginal de las rentas de ahorro que superen los 300.000 euros.
Sobre el autor:
Beatriz Torija
Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.