Pensiones

Aviso de la Seguridad Social sobre los cambios que hay que notificar para conservar la pensión

Raúl Arias

Lunes 15 de noviembre de 2021

ACTUALIZADO : Lunes 15 de noviembre de 2021 a las 10:29 H

3 minutos

Los riesgos de cambiar de domicilio o cuenta bancaria sin notificarlo

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Raúl Arias

Lunes 15 de noviembre de 2021

3 minutos

Un mensaje de atención para los beneficiarios de las pensiones por jubilación que se despisten. En ocasiones se producen cambios en la situación personal de cada uno, por ello, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) les recuerda que deben continuar cumpliendo los requisitos iniciales una vez reciben el primer ingreso. Todos los cambios relativos a su situación personal o financiera tendrán que notificarse o si no correrán el riesgo de perder el acceso a las prestaciones.

 

Cambios que debes comunicar al INSS antes de 30 días si ha variado tu situación como pensionista (Foto Bigstock)

¿Qué datos son importantes?

Entre los datos que el INSS debe tener actualizados se encuentra la dirección del domicilio personal de los pensionistas, que deben notificar a la Seguridad Social cualquier mudanza. De igual forma, deben declarar los cambios en la residencia fiscal y los cambios de cuenta bancaria.

También debe ser transmitido al INSS el inicio de actividades laborales, pues la entidad debe evaluar si los términos de la pensión concedida se ajustan a esta nueva situación o si deben aplicarse ajustes a las variaciones, debido a la modificación de las condiciones iniciales. Esta es la misma razón que motiva la notificación obligatoria de los cambios en la situación económica de los usuarios beneficiarios. La Seguridad Social también atiende a las unidades familiares, como condicionante de la concesión de pensiones, por lo que los nacimientos y cambios en el estado civil deben ser igualmente avisados al INSS.

Plazo de 30 días

Cualquiera de estas modificaciones debe ser notificada al organismo en un plazo de 30 días tras la materialización del cambio. No hacerlo implica poner en riesgo la pensión, que puede ser suspendida cautelarmente, si bien se puede rehabilitar presentando la documentación solicitada o si se comparece tras un periodo de 90 días. No obstante, no informar de algunos cambios puede acarrear sanciones.

Sobre el autor:

Raúl Arias

Raúl Arias

Raúl Arias es periodista especializado en Política, Economía y Sociedad. Licenciado en la Universidad Complutense de Madrid, ha trabajado en diferentes medios de tirada nacional, siempre pegado a la actualidad.

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