Pensiones

Cobrar la incapacidad permanente es incompatible con estas ayudas

Beatriz Torija

Jueves 27 de junio de 2024

5 minutos

La pensión de jubilación o el paro son, junto a otras ayudas, incompatibles con la incapacidad

Cobrar la incapacidad permanente es incompatible con estas ayudas. Foto: Bigstock
Beatriz Torija

Jueves 27 de junio de 2024

5 minutos

La pensión de incapacidad permanente es una prestación económica que tiene como objetivo cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral, explica la Seguridad Social en  su página web.

dentro de la incapacidad permanente encontramos diferentes grados (parcial, total, absoluta y gran invalidez), que determinarán también la cuantía que recibirá el beneficiario. Todas las personas que cobren una pensión por incapacidad permanente tendrán reconocido una discapacidad de al menos el 33%

En el caso de la incapacidad permanente parcial, la indemnización es a tanto alzado (24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal), mientras que la absoluta es igual al 100% de la base reguladora.

Por su parte, la gran invalidez se "obtiene aplicando a la base reguladora el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, incrementada con un complemento", explica el organismo.

Para que te reconozcan alguno de los grados de esta prestación (parcial, total, absoluta y gran invalidez) el trabajador deberá ser valorado por un Tribunal Médico, ya que no existen unos criterios uniformes. En caso de que la resolución sea favorable, el beneficiario debe saber que existen otro tipo de ayudas que son compatibles con esta prestación, y otras, sin embargo, son incompatibles.

Jubilación anticipada o ayuda para mayores de 52 años, ¿qué me interesa más?

Pensión de jubilación

Salvo en muy escasas excepciones, la pensión de incapacidad permanente y la pensión de jubilación son incompatibles, no se pueden recibir simultáneamente. Ahora bien, quien recibe la prestación por incapacidad, cuando alcance la edad legal de jubilación, podrá acceder a la pensión de jubilación.

Subsidio por desempleo

en líneas generales, el cobro de una pensión de incapacidad permanente y la prestación por desempleo son incompatibles. De nuevo, existen algunas excepciones, como que una persona que cobra la incapacidad encuentra un trabajo que sea compatible con su grado de discapacidad y, posteriormente, sea despedido, habiendo generado derecho a paro.

Pensiones no contributivas

Igual que en el caso anterior, las pensiones no contributivas, ya sean de jubilación o de invalidez, no son compatibles con la pensión por incapacidad permanente

Ayuda para mayores de 52 años

Este subsidio que busca ayudar a las personas mayores de 52 años que, en situación de paro y habiendo agotado ya la prestación por desempleo, no logran reengancharse en el mercado laboral, y que se extiende hasta que el beneficiario encuentre o un trabajo o alcance la edad legal de jubilación, tampoco es compatible con la pensión por incapacidad permanente. Ahora bien, como hemos dicho, hay excepciones. “En los supuestos en que, estando incapacitado, el perceptor de una incapacidad permanente total pierda o se le suspenda un trabajo compatible con su situación de pensionista, tendrá derecho a percibir la prestación o subsidio por desempleo que le corresponda, además de la pensión”, explica el SEPE.

Ingreso Mínimo Vital

Es difícil que esta ayuda que busca garantizar unos ingresos mínimos a aquellas personas que no dispongan con ellos sea compatible con el cobro de una pensión, como en este caso, es la de incapacidad permanente.

Otras ayudas o prestaciones incompatibles

En su artículo 5 de la Ley 35/1995 y el artículo 19 del Reglamento de aplicación, que no serán compatibles con la incapacidad permanente las siguientes ayudas:

  • La indemnización por daños o prejuicios causados por delito establecida a través de una sentencia. 
  • La indemnización y ayuda económica de seguros privados
  • La ayuda por incapacidad temporal con el subsidio correspondiente por esta situación en un régimen público de Seguridad Social.
  • Y los resarcimientos por daños a las víctimas de bandas armadas y elementos terroristas, que se reconozcan con arreglo a su lesgislación.

¿Qué ayudas son compatibles?

Hay otras ayudas, que sí compatibles con el cobro de una pensión por incapacidad permanente. Son estas:

Renta activa de inserción: Es una ayuda económica de 480 euros mensuales que se puede recibir durante un máximo de 11 meses. El objetivo de esta prestación es aumentar las oportunidades de reintegración al mercado laboral, y por eso está dirigido a los mayores de 45 años que se encuentren en situación de desempleo de larga duración, emigrantes retornados, víctimas de violencia de género y personas con un grado de discapacidad superior al 33%.

Complemento para reducir la brecha de género: Esta prestación, que pueden pedir tanto hombres como mujeres que durante su carrera laboral hayan visto afectada la misma por la crianza de los hijos, también es compatible con la incapacidad permanente. Evidentemente, para recibir estas ayudas es necesario cumplir con las condiciones y requisitos específicos de cada una de ellas

Sobre el autor:

Beatriz Torija

Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.

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