Pensiones

¿Qué diferencias hay entre la pensión de incapacidad permanente total y la absoluta?

Laura Moro

Foto: Bigstock

Viernes 29 de diciembre de 2023

3 minutos

El grado lo determina un Tribunal Médico

¿Qué diferencias hay entre la pensión de incapacidad permanente total y la absoluta?
Laura Moro

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Viernes 29 de diciembre de 2023

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La pensión por incapacidad permanente es una prestación económica que la Seguridad Social concede a las personas que, por enfermedad o accidente, ven anulada o reducida su capacidad laboral. 

Para determinar si se concede la incapacidad y el grado, hay que pasar un proceso concreto, donde un Tribunal Médico evaluará al trabajador, ya que no existe una lista oficial concreta de enfermedades por las que se concede esta prestación. 

Dentro de la incapacidad permanente existen diferentes grados: parcial, total, absoluta y gran invalidez, que determinan la cuantía que el beneficiario recibirá mensualmente.

La primera de ellas, la parcial, se concede cuando el problema médico ya no nos permite realizar todas las funciones de nuestra profesión habitual. Ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión.

Por su parte, cuando el Tribunal concede la gran invalidez es porque el afectado se encuentre en un estado tan crítico que necesite la asistencia de terceros para realizar sus funciones vitales básicas.

La diferencia entre estos grados no suele ocasionar problema porque solo con el nombre (parcial y gran invalidez), la persona puede hacerse una idea de la limitación que tiene el trabajador. No obstante, la confusión puede surgir con la incapacidad permanente absoluta y la total.

 

Ya hay fecha para la subida de la pensión por incapacidad permanente

 

Si nos fijamos en la definición, las personas con incapacidad permanente total son aquellos trabajadores que ya no podrán desempeñar su profesión habitual, pero sí otras y, por eso, es compatible con un salario siempre que lo autorice la Seguridad Social. 

Y esta es precisamente la diferencia principal entre ambas: con la total puedes seguir trabajando, pero con la incapacidad permanente absoluta, el trabajador queda inhabilitado para toda profesión u oficio.

La pensión que se percibe y los impuestos

Al tratarse de dos situaciones muy diferentes, la cuantía que se percibe también es diferente. En líneas generales, las personas que cobren la incapacidad permanente total, cobrarán el 55% de la base reguladora, que puede incrementarse en un 20% para mayores de 55 años.

Mientras que los que tengan reconocida la incapacidad permanente absoluta cobrarán el 100% de la base reguladora. Y de nuevo, la pensión podrá aumentar entre un 30% y un 50% cuando la lesión se produzca en el lugar de trabajo y no se cumplan con las medidas de previsión laboral necesarias.

Por último, los impuestos también son diferentes: la total está sujeta al IRPF y, por tanto, se tributa en la renta, y la absoluta no.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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