Pensiones

¿Cómo puedo recuperar la pensión si la Seguridad Social me la ha quitado?

Laura Moro

Miércoles 24 de abril de 2024

4 minutos

El organismo revisará la solicitud y si se siguen cumpliendo los requisitos, restablecerá la ayuda

¿Cómo puedo recuperar la pensión si la Seguridad Social me la ha quitado?
Laura Moro

Miércoles 24 de abril de 2024

4 minutos

La pensión de jubilación es una prestación económica que trata de sustituir las rentas del trabajo por una pensión vitalicia, única e imprescriptible, cuando el trabajador a causa de la edad cesa total o parcialmente en su actividad laboral, explica la Seguridad Social.

Como todas las ayudas, todos los beneficiarios deberán cumplir con las condiciones establecidas por el organismo, como alcanzar la edad legal de jubilación o el mínimo de años cotizados, entre otros. 

En el momento en que los pensionistas comiencen a recibir una pensión, deben saber que también existen ciertas situaciones que son incompatibles con el percibo de esta prestación, que harán que esta pueda ser retirada. En concreto, el organismo establece que el beneficiario no podrá realizar cualquier trabajo por cuenta ajena o propia, que dé lugar a su inclusión en el sistema de la Seguridad Social, con las salvedades y en los términos que se determinan legalmente o el desempeño de un puesto de trabajo en el sector público o de los altos cargos.

"El derecho a la pensión se recuperará cuando se extinga el contrato de trabajo, cese la actividad por cuenta propia o, en su caso, finalice la prestación por desempleo, incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o maternidad o, en los supuestos en que se continúe en la realización de una actividad o en el percibo de una prestación, cuando los ingresos derivados de una u otra no superen los límites establecidos", explica el organismo.

Cómo recuperar la pensión de la Seguridad Social

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Otro de los escenarios que conllevan la pérdida de esta prestación es el "incumplimiento de la obligación de presentar la declaración anual en el plazo indicado da lugar a la suspensión del pago de la pensión", explica el Imserso en su página web.

En el caso de recibir la pensión no contributiva habrá que adjuntar dos documentos obligatorios antes del 31 de marzo de cada año. Estos son la declaración anual de ingresos y el certificado de fe de vida, en el caso de que residas fuera de España.

Sobrepasar el máximo de ingresos, no informar de los cambios en la situación personal o anomalías en los datos, son los otros tres motivos por los que te pueden retirar la pensión.

Para recuperar la pensión no contributiva o de invalidez, lo que hay que hacer es presentar la declaración anual de rentas. Para hacer esto, basta con entrar en la sede electrónica del Imserso, o presentarse en las oficinas (con cita previa) de la Seguridad o Imserso.

Cuando la presentación se presente, el organismo volverá a restituir la ayuda que corresponda a cada beneficiario. 

Si, por el contrario, lo que tenemos que entregar es la fe de vida, podemos hacerlo en la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social,  a través de la aplicación VIVESS, ante los Encargados del Registro Civil Consular o ante las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

De nuevo, cuando el documento se presente y el organismo compruebe que se siguen cumpliendo los requisitos, se retomará el pago de la pensión. Además, se podrán solicitar las cuantías que no se han cobrado en un plazo máximo de tres meses.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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