Pensiones

Las parejas de hecho formalizadas antes de 2014 podrán cobrar la pensión de viudedad

Laura Moro

Martes 23 de abril de 2024

ACTUALIZADO : Martes 23 de abril de 2024 a las 17:22 H

4 minutos

El Supremo ha aceptado las directrices del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)

Piden flexibilizar la lista de enfermedades que pueden acogerse a la jubilación anticipada
Laura Moro

Martes 23 de abril de 2024

4 minutos

La pensión de viudedad es una de las prestaciones económicas que concede la Seguridad Social a aquellas personas que han perdido a su cónyuge. Esto incluye también a las parejas de hecho, que hasta ahora tenían que cumplir con el siguiente requisito: estar inscrita en el registro correspondiente, al menos dos años antes del fallecimiento.

Este tipo de parejas necesitarán además demostrar que han estado conviviendo de forma estable durante los 5 años anteriores (tiempo en el que ninguno de los dos estaba casado o separado de otra persona).

Pero ahora, el Tribunal Supremo, ha decidido aceptar las directrices marcadas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), y los viudos o viudas de parejas de hechos constituidas en España antes de 2014 podrán solicitar y cobrar esta pensión, siempre y cuando se cumplan con el resto de requisitos.

Antes de esta sentencia del Alto Tribunal, el miembro de la pareja que enviudaba y quería beneficiarse de esta ayuda, recibía la negativa de la Seguridad Social, independientemente de que llevaran más de dos años conviviendo en pareja, que como decíamos anteriormente es uno de los requisitos imprescindibles.

El razonamiento del organismo es que no se podía acreditar la convivencia durante el periodo de tiempo establecido, algo que ya había sido criticado desde Europa. 

Una violación del artículo 1 del Protocolo número 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos

Día de San Valentín: ¿Es más beneficioso casarse o ser pareja de hecho?

 

Lo que ha hecho al Supremo cambiar de opinión, es un caso que llegó al TEDH. En concreto, se trata de una mujer catalana que, después de vivir durante con su pareja desde junio de 2008 hasta enero de 2014, solicitó la pensión de viudedad, pero recibió la negativa del organismo alegando que no había inscripción previa como pareja de hecho.

El Supremo decidió negarle la pensión, ya que “no hay duda de que la naturaleza y gravedad de la violación entraña efectos que persisten y no pueden cesar de ningún otro modo que no sea mediante la revisión de las resoluciones dictadas”, recoge la sentencia, según recoge El Plural.

Tras la negativa del Supremo, la afectada volvió al Juzgado de lo Social n.º 2 de Girona para subsanarse de la denegación (la subsanación es una garantía que permite a los ciudadanos y/o empresas corregir aquellas deficiencias de las que adolece la solicitud al trámite presentado, otorgándoles un plazo adicional en el que se debe adjuntar aquella documentación requerida, que no hubiere sido aportada en nuestra solicitud inicial).

En ese momento, el Supremo hizo alusión a la normativa del TEDH, en concreto a su artículo 1 del Protocolo número 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que dice lo siguiente: “Toda persona física tiene derecho al respeto de sus bienes; y nadie podrá ser privado de su propiedad más que por causa de utilidad pública y en las condiciones previstas por ley”.

Teniendo en cuenta este artículo, los magistrados terminaron reconociendo que las resoluciones anteriores en contra de esta demandante suponían una violación a dicho artículo. 

Por último, el fallo demuestra que se pueden aplicar los artículos 510.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y el artículo 236 de la Ley de Jurisdicción Social, permitiendo la creación de un marco para revisar sentencias firmes que violen los  derechos del Convenio Europeo por el TEDH. Esto permite que en un futuro se puedan seguir haciendo revisiones judiciales basadas en las sentencias del TEDH.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

… saber más sobre el autor