Riesgo de indefensión por la notificación electrónica obligatoria de la Seguridad Social

El CEDDD alerta del peligro para trabajadores solicitantes o perceptores de incapacidad

Riesgo de indefensión por la notificación electrónica obligatoria de la Seguridad Social Miia

El próximo 1 de septiembre de 2026 entra en vigor la Orden ISM/541/2026, que amplía los colectivos obligados a relacionarse electrónicamente con la Seguridad Social en materia de notificaciones de la Administración.

Este cambio decidido por la Seguridad Social ha provocado la alerta del Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia (CEDDD), que ve con gran preocupación las repercusiones que puede suponer el que, a partir de septiembre, todas las personas solicitantes o perceptoras de incapacidad temporal (IT), así como aquellas afectadas por expedientes de incapacidad permanente o lesiones permanentes no incapacitantes, recibirán obligatoriamente sus notificaciones de manera electrónica.

Desde la organización (representa a más de 3.000 entidades y asociaciones en España) argumentan que esta "imposición digital genera una seria amenaza de exclusión y de indefensión material para los colectivos más vulnerables de la sociedad y puede provocar la pérdida de plazos procesales clave".

baja laboral accidente

 

El Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad critica que esta nueva regulación "parte de la premisa de que los ciudadanos afectados disponen de los conocimientos y recursos tecnológicos necesarios debido a su vinculación con el mercado de trabajo". Sin embargo, la plataforma social desmiente este supuesto al recordar que "atravesar una situación de incapacidad temporal o permanente implica, en muchas ocasiones, lidiar con graves dificultades físicas, sensoriales, cognitivas o económicas, que limitan de forma sustancial la capacidad de interacción telemática con la Administración Pública".

Especial alarma para mayores y personas con carencias materiales

Para el CEDDDD, la obligación tecnológica genera una barrera para las personas de avanzada edad, ciudadanos con menor alfabetización digital o aquellos que carecen de conexión y dispositivos adecuados.

El principal foco de alarma se concentra en el "riesgo de indefensión material" que puede sufrir el trabajador. Al requerirse la consulta y revisión activa de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, la falta de un aviso real o de conocimiento efectivo de la notificación puede provocar la pérdida de plazos legales para presentar alegaciones, reclamaciones previas o recursos. Esta situación resulta especialmente crítica en procedimientos decisivos para la subsistencia de los afectados, tales como las resoluciones de altas médicas, expedientes de incapacidad o el cobro de prestaciones económicas esenciales para la subsistencia cotidiana.

Aunque la orden contempla ciertos mecanismos de soporte —como el envío voluntario de alertas electrónicas o la posibilidad de acudir presencialmente a las oficinas de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS)—, el CEDDD considera que estas medidas son "claramente insuficientes". 

"Faltan adaptaciones para la discapacidad intelectual, visual o cognitiva"

A ojos de la organización, es inadmisible que la salida práctica ofrecida al ciudadano incapacitado o dependiente sea trasladarse físicamente a las oficinas públicas, o bien quedar subordinado a la ayuda de terceros para poder enterarse de las comunicaciones oficiales de las que depende su protección. Lamenta asimismo la falta de adaptaciones de accesibilidad específicas dirigidas a personas con discapacidad intelectual, visual o cognitiva.

Ante esta coyuntura, el CEDDD ha solicitado de manera formal al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que establezca excepciones reguladas y canales alternativos de notificación. El objetivo de esta petición es garantizar que la digitalización y modernización administrativa no se traduzca en una pérdida de derechos y que se respeten los principios elementales de igualdad, accesibilidad universal y no discriminación de las personas más vulnerables.