Pensiones

La jubilación parcial, una opción que poca gente conoce

Ignacio Casanueva

Foto: BigStock

Sábado 10 de julio de 2021

3 minutos

Tener un contrato de relevo en la empresa será esencial para acceder a esta modalidad

Cómo afecta la jubilación parcial a la cotización
Ignacio Casanueva

Foto: BigStock

Sábado 10 de julio de 2021

3 minutos

La jubilación tiene diferentes modalidades y es que es posible acceder a ella antes de la edad establecida, más tarde, o incluso de forma parcial.

La jubilación parcial es una de las opciones menos conocidas y que puede beneficiar a muchos trabajadores superados los 60 años como: los trabajadores por cuenta ajena (que estén dentro de cualquier régimen de la Seguridad Social) o los socios trabajadores de cooperativas.

Esta jubilación se da cuando en la empresa se decida que la figura de la persona que se va a ir comience a ser sustituida por otra poco a poco mediante un contrato de relevo. De esta forma los trabajadores, que tengan contrato a tiempo completo, podrán disfrutar de esta opción de jubilación.

Este grupo de jubilados tienen entre 70 y 80 años y parecen deportistas profesionales

Aun así, hay algunos requisitos que deben cumplirse.

  • Contratados a jornada completa
  • Se celebra contratos de relevo
  • Cumplir una edad mínima: Si es el caso de un mutualista, deben tener 60 años de edad cumplidos. Si no tiene la condición de mutualista se irán aplicando diferentes edades que variarán desde los 62 a 65 ya que se ampliarán conforme pasen los años.
  • Reducción de jornada: Este requisito es más enrevesado ya que se plantean varias situaciones. La jornada será entre un mínimo del 25% y un máximo del 50%, o del 75% si el contrato de relevo es a jornada completa y por tiempo indefinido, siempre que se acrediten el resto de requisitos. En los casos en que resulte de aplicación la disposición transitoria cuarta, apartado 5, la reducción de jornada estará comprendida entre un mínimo del 25% y un máximo del 75%, o del 85% si el contrato de relevo es a jornada completa y por tiempo indefinido.
  • Antigüedad en la empresa: Se contarán al menos 6 años inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial. A tal efecto, se computará la antigüedad acreditada en la empresa anterior si ha mediado una sucesión de empresa, o en empresas pertenecientes al mismo grupo.

¿La base de cotización será la misma?

La base de cotización durante la jubilación parcial se irá aplicando de forma gradual conforme a los porcentajes calculados sobre la base de cotización a jornada completa de acuerdo con la siguiente escala:

Durante el año 2013, la base de cotización será equivalente al 50% de la base de cotización correspondiente a jornada completa. Por cada año transcurrido a partir del año 2014 se incrementará un 5% más hasta alcanzar el 100%. Una cifra, el 100% que se alcanzaría en 2023. Por ejemplo en este año el porcentaje de base de cotización en el caso de la jubilación parcial del 90 %.

Sobre el autor:

Ignacio Casanueva

Ignacio Casanueva es redactor especializado en temas de tecnología y salud.

… saber más sobre el autor