Pensiones

Una mujer de 49 años logra una pensión de 3.350 euros pese a que la Seguridad Social se la negó

Marta Jurado

Foto: Europa Press

Miércoles 8 de abril de 2026

3 minutos

El INSS rechazó la petición en primera instancia alegando que incumplía los requisitos para cobrarla

Una mujer de 49 años logra una pensión de 3.350 euros pese a que la Seguridad Social se la negó
Marta Jurado

Foto: Europa Press

Miércoles 8 de abril de 2026

3 minutos

Una mujer de 49 años, que trabajaba como coordinadora de planta de un supermercado, ha conseguido que se le reconozca el derecho a cobrar una pensión máxima de 3.356,40 euros al mes, a pesar de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se lo había denegado en primera instancia. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha dictaminado a su favor tras desestimar el recurso inicial del organismo estatal.

La situación de la trabajadora comenzó tras solicitar la incapacidad temporal y posteriormente la permanente absoluta debido a graves problemas de salud, ya que padecía fibromialgia, problemas de columna con estenosis y un episodio depresivo.

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La Seguridad Social consideró que podía seguir trabajando

El INSS, basándose en el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), rechazó su petición alegando que las lesiones no suponían una disminución suficiente de su capacidad laboral y que estas se habían estabilizado. Ante esta negativa, la mujer decidió reclamar su situación en los juzgados.

Finalmente, la Sala de lo Social y el TSJA le dieron la razón mediante la sentencia STSJ AS 8/2025. El tribunal argumentó que la supuesta estabilización o mejoría de la paciente no se traducía en una recuperación de su capacidad laboral, recordando que cualquier trabajo, por liviano que resulte, exige un mínimo de esfuerzo. Dado que la gravedad de sus enfermedades físicas y psíquicas le impedía garantizar ese mínimo en cualquier entorno laboral, se confirmó su grado de incapacidad permanente absoluta.

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Derecho a pensión vitalicia

Esta resolución le otorga el derecho a percibir una pensión vitalicia equivalente al 100% de su base reguladora, la cual ascendía a 3.402,86 euros al mes. No obstante, el cobro de esta cantidad se ve limitado por el artículo 57 de la Ley General de la Seguridad Social, normativa que impone un tope máximo a las prestaciones.

Para este año 2026, la cuantía máxima de la pensión de incapacidad se sitúa en 3.359,60 euros mensuales distribuidos en 14 pagas. Por este motivo, la trabajadora sufrirá una merma de 43,26 euros al mes respecto a su base reguladora original, pasando a cobrar la pensión máxima que permite la legislación vigente.

Sobre el autor:

Marta Jurado

Marta Jurado

Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.

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