Pensiones

Rosa Fernández: "Sufro un calvario hace 9 años por no cobrar mi pensión de viuda de pareja de hecho"

Pepa Montero

Foto: Cedida por la entrevistada

Lunes 15 de abril de 2024

9 minutos

"Una trampa de la Ley 21/2021 me impide compatibilizar la pensión de incapacidad con la de viudedad"

Rosa Fernández: "Sufro un calvario hace 9 años por no cobrar mi pensión de viuda como pareja de hecho"
Pepa Montero

Foto: Cedida por la entrevistada

Lunes 15 de abril de 2024

9 minutos

Parejas de hecho: compatibilidad de pensiones de viudedad y jubilación

Pensiones de viudedad: 2,4 millones de pagas no llegan a 900 euros de media en marzo

 

Según la legislación vigente, la pensión de viudedad es compatible con la de jubilación o incapacidad permanente, tanto para los matrimonios como para las parejas de hecho. Sin embargo, la misma Ley 21/2021, de 28 de diciembre, que eliminó la anterior discriminación de las viudas no casadas, introdujo una Disposición Adicional Cuadragésima, Pensión de viudedad de parejas de hecho en supuestos excepcionales, que en el punto C prohíbe la compatibilidad con otra prestación contributiva  solo para las personas que acceden por la “vía excepcional”, con lo cual, "se perpetúa el calvario y la injusticia y nos llevan al umbral de la pobreza a numerosas parejas de hecho", denuncia Rosa M. Fernández en esta entrevista con 65YMÁS.

A sus 54 años, viuda desde 2015 y madre de una hija, es pensionista de incapacidad permanente, por lo que cobra 707 euros mensuales. Y, aunque la Seguridad Social le reconoce por carta el derecho a una paga de viudedad de 598,72 euros, en la misma misiva le niega el poder cobrarla, "por ser incompatible y de menor cuantía que la que viene percibiendo". Es decir, le rechazan la compatibilidad entre ambas pensiones, algo de lo que sí disfrutan las viudas de matrimonios y la inmensa mayoría de miembros de parejas de hecho.

rosa perez viuda primer plano

“La Seguridad Social me ha reconocido la pensión de viudedad, pero sin derecho a cobrarla”

PREGUNTA.- ¿Por qué le impiden cobrar su pensión de incapacidad junto a la de viudedad de su pareja de hecho? El Gobierno asegura que la Ley 21/2021 ha suprimido cualquier tipo de discriminación.

RESPUESTA.- Yo enviudé en 2015, y con la ley entonces vigente, me rechazaron la pensión por el requisito económico (mi sueldo era ligeramente superior al de mi pareja). Cuando estando el anterior ministro, José Luis Escrivá, se aprobó la Ley 21/2021, que elimina el dichoso requisito económico, el Instituto Nacional de Seguridad Social me reconoció al fin la prestación de viudedad, por la “vía excepcional”, pero sin efectos económicos, amparándose en la incompatibilidad que establece esa ley en el punto C de la Disposición Adicional Cuadragésima. Así que la propia Seguridad Social, que me otorga el derecho a la viudedad, se niega a pagármela, y me obliga a quedarme solo con mi propia pensión de incapacidad. Mi situación es de gran precariedad económica: cobro 707 euros por incapacidad permanente, cuando debería estar percibiendo también en torno a 600 euros en concepto de viudedad

Concesion viudedad pero sin cobrar dinero

P.- Usted lleva casi 9 años luchando por su pensión, pero cuando se aprobó la Ley 21/2021, se volvió a quedar fuera... 

R.- Estoy desesperada, angustiada y muy enfadada por la tremenda injusticia que sufro desde hace casi 9 años. Me aplican una discriminación injustificable, no solo con respecto a los matrimonios, sino con otras parejas, porque quienes tenían la viudedad reconocida según la Ley 8/2015, al acceder a la edad de jubilación, pudieron compatibilizar ambas pensiones. También se le permite a los miembros de parejas de hecho que enviudaron a partir de enero de 2022. Sin embargo, yo y otras casi 1.200 mujeres, que enviudamos antes de la Ley 21/2021, a quienes se nos negó la pensión por no cumplir el requisito económico del art. 221 de la Ley 15/2008, se nos considera incompatible la percepción de ambas pensiones. Si no fuera tan grave mi situación económica, daría para hacer un chiste.

BOE Disposicion 40 punto c parejas de hecho supuestos excepcionales

"Sufriremos esta injusticia mientras el Gobierno no suprima el punto C de la Disposición 40 de la Ley 21/2021"

P.- La penuria económica se une a los problemas de salud que padece desde hace más de 20 años, y que la han llevado a ser pensionista de incapacidad permanente.  

R.- Imagínese lo que llevo sufrido. Mi pareja y yo estuvimos 10 años conviviendo empadronados juntos y 8 inscritos como pareja de hecho en Málaga (desde el 30 de marzo de 2007). Siete años después, en 2014, él cayó enfermo con una leucemia que se presentó de la noche a la mañana. Para entonces, yo me encontraba de baja laboral porque llevaba más de 15 años enferma con varias patologías, entre ellas la fibromialgia, que la tengo severa. Mi pareja estuvo enfermo un año y falleció en agosto de 2015. Cuando pedí la pensión de viudedad, la Seguridad Social me la negó porque mi sueldo era ligeramente superior al de él, y con la ley entonces vigente, esa era una causa de denegación a las parejas de hecho. Solicité entonces aumentar la pensión de mi hija, que tenía ocho años, y le daban 190 euros.

¿Con qué derecho me niegan la pensión de viudedad? ¿Es que soy menos por no haberme casado? 

P.- ¿Cuándo empezó usted a cobrar por incapacidad permanente?

R.- El 28 de octubre de 2015 me concedieron la pensión por incapacidad total permanente, de 580 euros. Al cabo de dos años, conozco a Silvia Oñate y a la Asociación Vida, de Mujeres viudas y madres de hijas e hijos huérfanos (@VIDA_ASOC), y me sumo al proceso de lucha, y se consiguió cambiar la normativa, que entró en vigor el 1 de enero de 2022. Muy esperanzada, el 10 de enero de 2022 entregué la documentación, reclamando de nuevo mi pensión de viudedad. Cuál es mi sorpresa, cuando recibo la resolución, que me concede la prestación, pero sin efecto económico. Es decir, yo debería de cobrar 598 euros por viudedad, pero no los cobro porque las dos pensiones no son compatibles, por culpa de una nueva trampa que han impuesto a las parejas de hecho que accedemos a la viudedad por la “vía excepcional”. Fíjese el sinsentido: mientras la persona trabaja, sí puede cobrar la paga de viudedad, pero cuando se jubila, tiene que elegir entre una u otra pensión. Sin embargo, los matrimonios convencionales, tanto por la iglesia, como por el juzgado o notariales, no tienen esos problemas.

Desestimacion viudedad Rosa

“ Este 16 de abril tengo el juicio por mi pensión de viudedad. Llevo dos años esperando la sentencia"

P.- ¿La Seguridad Social le ha explicado por qué le deniegan el cobro de la pensión de viudedad?

R.- Sí, lo pone claramente en la carta que me enviaron. Primero, me informan de que el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha resuelto aprobar la prestación. Y a reglón seguido, me comunican que “la pensión que ahora se reconoce no tiene efectividad económica por ser incompatible y de menor cuantía, en términos anuales, que la pensión que viene percibiendo”.

P.- En la Asociación Vida de Mujeres Viudas, ¿hay otras mujeres y hombres a los que les hayan negado o quitado una de las pensiones?

R.- Sí, por supuesto. Hay compañeros que estaban cobrando la pensión de viudedad, y al llegar la hora de la jubilación se la han quitado, porque la suya de jubilados era de mayor importe que la de viudedad. Y les dicen, como a mí, que las dos prestaciones no son compatibles, por el dichoso punto C de la Disposición Adicional Cuadragésima de la Ley 21/2021.

"Una frase de la Ley 21/2021 nos sumerje en la pobreza a numerosas viudas de parejas de hecho”

P.- Usted ha demandado en los tribunales su pensión de viudedad, reclamando la compatibilidad que le niegan...

R.- Personalmente, además de reclamar a la Seguridad Social, lo he denunciado en los tribunales, y de hecho, este 16 de abril tengo el juicio. Llevo dos años esperando la sentencia, y no puedo más, vivo una situación denigrante e injusta.

P.- ¿Qué otras acciones están llevando a cabo?

R.- Desde la Asociación Vida de Mujeres Viudas, hemos enviado a los partidos políticos una Enmienda para que la incluyan en la tramitación de la Ley de Familias, para que supriman la discriminación que padecemos.

“Una compañera en mi misma situación ya ha tenido el juicio y lo ha perdido”

P.- ¿Confía en que el juez le de la razón este 16 de abril?

R.- Mi situación es de vulnerabilidad total, y apenas tengo esperanzas en la justicia, porque una compañera en la misma situación que yo en Madrid, ha tenido el juicio, lo ha perdido, ha perdido el recurso y ya va directamente al Tribunal Constitucional. Los jueces se acogen a lo que está escrito en la ley, a lo que aparece en el BOE, y deniegan nuestras pensiones acogiéndose a la Disposición 40 de la Ley 21/2021. Como yo digo, nos discriminan por una frase. Una frase nos castiga de por vida y nos lleva al umbral de la pobreza.

P.- ¿Confía entonces en que los partidos políticos les escuchen y cambien ese punto de la ley?

R.- Es la única posibilidad, que en la nueva Ley de Familias, los partidos incluyan una enmienda para suprimir la Disposición 40, y que nos permitan compatibilizar la pensión de viudedad con la propia. Lo que pedimos es de justicia: una pensión con los mismos derechos que tienen los matrimonios desde siempre, y que reciben también la inmensa mayoría de parejas de hecho. No pedimos limosna, ni tampoco algo que no sea nuestro. Exigimos los mismos derechos que el resto, ni más, ni menos.

“El secretario de Estado echó balones fuera: nos dijo que la Ley no tiene ningún fleco suelto”

P.- ¿Han tenido alguna respuesta por parte del Ministerio de Seguridad Social, sobre esta discriminación que sufren y reclaman?

R.- En una intervención del secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez Corujo, se le preguntó por esta cuestión. Echó balones fuera. Vino a decir que algo estaría mal hecho o mal expuesto por parte de los reclamantes, y que la Ley 21/2021 no tenía ningún fleco suelto.

Sobre el autor:

Pepa Montero

Pepa Montero

Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).

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