Pensiones

Qué son las pensiones SOVI y cómo hay que solicitarlas

Leire Galceran

Foto: Big Stock

Domingo 27 de diciembre de 2020

4 minutos

Conoce todos los detalles sobre las extintas pensiones SOVI

Qué son las pensiones SOVI y cómo hay que solicitarlas
Leire Galceran

Foto: Big Stock

Domingo 27 de diciembre de 2020

4 minutos

Hemos pasado ya la mitad del mes de diciembre y eso significa que está a punto de terminar el año. Un año muy duro, este 2020. Cuando hace poco más de un año estábamos cenando con toda nuestra familia o amigos celebrando con una gran fiesta que el 2019 ya se acababa, por nada del mundo nos imaginábamos lo que traería consigo ese nuevo año que empezábamos rodeados de los nuestros. El 2020 ha superado todas nuestras expectativas, en este caso en sentido negativo. Por nada del mundo preveíamos lo que iba a llegar, una pandemia mundial que dejaría a nuestro país inmerso en una gran crisis sanitaria, económica y social.

Este año ha cambiado nuestra vida por completo y nos ha enseñado a valorar lo que realmente debe ser importante para nosotros: los nuestros, nuestra familia y amigos. También nos ha enseñado a reinventarnos, ya que la Covid-19 ha golpeado muy fuerte a nuestra economía y al mercado laboral. En esta línea, toda esta situación de incertidumbre que vivimos actualmente ha sembrado muchas dudas sobre nuestro futuro y uno de los aspectos de futuro que más preocupa a la población es el momento de la jubilación y la pensión que vaya a recibir.

Pensiones SOVI

 

Hoy queremos hablaros de un concepto que forma parte de esta pensión, aunque tiene características muy diferentes. Nos referimos a las pensiones por Seguro de Vejez o Invalidez (SOVI). Esta pensión reconoce las pensiones vitalicias y de cuantías fijas por las cotizaciones que se realizasen en su momento a este seguro (cuando todavía existía) o las que se hiciesen por afiliación al Retiro Obrero. Las personas que reciben esta pensión son las que no tienen el derecho adquirido a la pensión del actual sistema de la Seguridad Social, que se estableció en 1967, aunque es compatible con otra pensión como la de viudedad.

Este tipo de pensión también tiene unos requisitos que se deben cumplir y que irán en función de la pensión correspondiente:

  • Pensión SOVI en el apartado de vejez: Se debe tener un mínimo de 65 años y haber cotizado un mínimo de 1.800 días antes del 1 de enero de 1967.
    • En el caso de vejez por incapacidad, el mínimo de edad se reduce a 60 años.
  • Pensión SOVI por invalidez: Se deben haber cumplido 50 años, tener una incapacidad permanente que sea incompatible con el desempeño laboral y tener un mínimo de 1.800 días cotizados al SOVI.
  • Pensión SOVI por viudedad: En este caso, dependerá de la fecha del fallecimiento del causante y de si era o no pensionista.

La solicitud de este tipo de pensión se realiza en los centros de atención e información de la Seguridad Social que dependan del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o en las direcciones provinciales o locales del Instituto Social de la Marina (ISM), si corresponde.

Es importante destacar que las pensiones del SOVI quedan extinguidas en el momento del fallecimiento de la persona pensionista y, en el caso de la pensión de viudedad, la pensión quedaría extinguida por un nuevo matrimonio o por constituir una pareja de hecho.

Sobre el autor:

Leire Galceran

Leire Galceran es redactora especializada en temas de tecnología y consumo.

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