¿Pueden cobrar los dos cónyuges el plus por hijos en la pensión?
Depende de cuándo se jubilaron
El llamado plus por hijos genera muchas dudas entre los pensionistas. Una de las más frecuentes es si, cuando ambos miembros de la pareja tienen derecho a él, pueden cobrarlo los dos al mismo tiempo.
La respuesta depende de qué complemento corresponda, ya que en España han existido dos sistemas diferentes: el antiguo complemento por maternidad por aportación demográfica, vigente para determinadas pensiones reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, y el actual complemento para la reducción de la brecha de género, que entró en vigor el 4 de febrero de 2021. Ambos tienen reglas distintas.
Si se jubiló entre 2016 y el 3 de febrero de 2021
Quienes accedieron a la pensión durante este periodo pueden estar afectados por el antiguo complemento por maternidad, una prestación que inicialmente solo podían percibir las mujeres con dos o más hijos.
Sin embargo, las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo reconocieron que excluir a los hombres era discriminatorio, lo que abrió la puerta a que también pudieran reclamar este complemento si cumplían los requisitos.
Como consecuencia, sí puede ocurrir que ambos progenitores acaben cobrando el complemento, ya que se considera un derecho individual. Es decir, aunque la madre lo estuviera percibiendo desde hace años, el padre puede reclamarlo y obtenerlo con efectos retroactivos si reúne las condiciones exigidas.
Si la pensión se reconoció desde el 4 de febrero de 2021
La situación cambia por completo para quienes se jubilaron a partir del 4 de febrero de 2021. En ese caso se aplica el complemento para la reducción de la brecha de género, que sustituyó al anterior.
Con este sistema, cada hijo solo puede dar derecho a un único complemento, por lo que los dos cónyuges no pueden cobrarlo simultáneamente por los mismos hijos.
¿Quién lo cobra si ambos cumplen los requisitos?

Si los dos progenitores tienen derecho al complemento de brecha de género, la Seguridad Social aplica los criterios previstos en la ley para determinar quién será el beneficiario.
Con carácter general, el complemento se reconoce al progenitor cuya pensión sea de menor cuantía. Si posteriormente el otro progenitor acredita que le corresponde el derecho, el complemento deja de abonarse al primero, ya que la normativa establece que por cada hijo solo puede existir un único complemento económico.
Dos complementos diferentes
Aunque ambos se conocen popularmente como "plus por hijos", conviene no confundirlos:
- Antiguo complemento por maternidad (2016-3 de febrero de 2021): sí puede suceder que ambos progenitores lo perciban si cada uno obtiene el reconocimiento de su derecho.
- Complemento para la reducción de la brecha de género (desde el 4 de febrero de 2021): solo puede cobrarlo uno de los dos progenitores por los mismos hijos.

