
¿Puedo cobrar el paro tras una baja voluntaria?
El SEPE lo aclara

Cuando un trabajador decide de manera libre y voluntaria poner fin a su contrato laboral, nos encontramos ante una baja voluntaria. Al tratarse de una decisión unilateral, el empleado pierde el derecho a recibir una indemnización por parte de la empresa y tampoco puede acceder a la prestación por desempleo.
Según explica el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), la razón principal por la que no se puede cobrar el paro en estos casos es que la ley establece como requisito imprescindible que la extinción del contrato no haya sido voluntaria. El sistema de protección por desempleo está diseñado para cubrir a las personas que desean y están en condiciones de trabajar, pero que carecen de empleo por causas ajenas a su voluntad.
Es decir, si decides dejar un empleo de manera voluntaria, no podrás acceder a la prestación por desempleo. La normativa establece que, para tener derecho a esta prestación, la finalización del contrato debe ser involuntaria, ya que el sistema de protección está destinado a personas que desean y están en condiciones de trabajar, pero se encuentran sin empleo.
En caso de que posteriormente trabajes en otra empresa y esta relación laboral finalice porque no superas el periodo de prueba, y no han pasado más de tres meses desde que renunciaste voluntariamente al empleo anterior, tampoco tendrás derecho a la prestación por desempleo. No obstante, sí podrás acceder a dicha prestación si el motivo del cese en la segunda empresa, también involuntario, es diferente al de no superar el periodo de prueba (por ejemplo, la finalización de un contrato), sin importar el tiempo transcurrido desde la baja voluntaria anterior.

Además, si has sido despedido en dos ocasiones anteriores por no superar el periodo de prueba a iniciativa del empleador, y accedes a un nuevo trabajo del cual también cesas por el mismo motivo, solo podrás percibir la prestación por desempleo si entre el segundo y el tercer cese han transcurrido al menos tres meses.
Requisitos para cobrar el paro
Para acceder al subsidio por desempleo, es necesario que se cumplan una serie de condiciones legales, como haber estado en una situación de desempleo contemplada por la normativa, reunir un mínimo de cotización, y no estar en una circunstancia que lo impida.
Los requisitos concretos para cobrar el paro son:
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Estar afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada al alta.
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Haber cotizado, al menos, 360 días por desempleo en los seis años anteriores.
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Encontrarse en una situación legal de desempleo (puedes consultar cuáles son en este [enlace]).
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Firmar el compromiso de actividad y aceptar ofertas de empleo adecuadas.
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Estar inscrito como demandante de empleo.
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No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.