Economía

¿Qué ocurre cuando fallece el titular de un préstamo hipotecario?

Raúl Arias

Foto: Big Stock

Viernes 20 de mayo de 2022

ACTUALIZADO : Viernes 20 de mayo de 2022 a las 10:30 H

4 minutos

Si la familia desea heredar la vivienda, también tendrán que hacerse cargo de la deuda

¿Qué ocurre cuando fallece el titular de un préstamo hipotecario?
Raúl Arias

Foto: Big Stock

Viernes 20 de mayo de 2022

4 minutos

Estar pagando una hipoteca conlleva ciertas obligaciones, y algunas de ellas no desaparecen ni siquiera cuando el titular de la misma ha fallecido. En caso de que una hipoteca esté a nombre de una sola persona y esta fallezca, es común que la familia desee heredar la vivienda que estaba a su nombre, pero para ello también tendrán que hacerse cargo de la deuda.

Por otro lado, si sus allegados prefieren no quedarse con el inmueble, también pueden rechazar la herencia y olvidarse de la letra de la hipoteca.

Si optan por aceptar la herencia, se constituye una sociedad de bienes en la que se incluye la casa hasta que se acuerde la partición de los bienes, como explica el Banco de España. Además, los herederos tienen derecho a comprobar la situación financiera del fallecido, donde se incluye conocer el saldo de sus cuentas, los movimientos durante el año anterior a su muerte y los posteriores a ella, y una copia de los contratos que tuviese la persona.

Pero, sea como sea, es normal que a la hora de tramitar una herencia con deudas puedan surgir algunas dudas. Por ello, hoy te explicamos qué ocurre exactamente cuando fallece el titular de un préstamo hipotecario:

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¿Qué ocurre con la deuda?

Como explica el Banco de España, la ley recoge que cuando fallece una persona con una hipoteca, la vivienda y la deuda se reparten a partes iguales entre todos los herederos. De esta manera, la hipoteca debe recaer sobre todos ellos.

Del mismo modo, el banco no puede alterar las condiciones del préstamo. Se tendrán que mantener las mismas cuotas mensuales, el plazo de vencimiento de la hipoteca y los mismos intereses. Además, tampoco se puede exigir una ampliación de las garantías del préstamo incluyendo nuevos avales, ni puede obligar a la familia a contratar nuevos productos secundarios como un seguro de hogar o domiciliar nóminas.

Sin embargo, existe la posibilidad de que los herederos acuerden que solo uno o varios de ellos se hagan cargo de la casa y de su deuda. En ese caso, pierden el derecho de mantener intactas las condiciones de la hipoteca y deben renegociar con el banco las condiciones. Es posible que si los nuevos propietarios no tienen tanta capacidad económica como el fallecido, la entidad pida incrementar los avales o renegociar ciertas condiciones.

Una vez hecho el reparto, quien se quede con la deuda de la hipoteca tendrá que pagar el impuesto de sucesiones (depende de la Comunidad Autónoma), y se procederá a cambiar la titularidad de la hipoteca, un proceso conocido como subrogación por cambio de deudor, para incluir los nombres de los nuevos firmantes. Este cambio suele tener una comisión de entre el 0,1% y el 1% del total del préstamo, según cada entidad.

Sobre el autor:

Raúl Arias

Raúl Arias

Raúl Arias es periodista especializado en Política, Economía y Sociedad. Licenciado en la Universidad Complutense de Madrid, ha trabajado en diferentes medios de tirada nacional, siempre pegado a la actualidad.

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